miércoles, 24 de abril de 2024 14:19 www.gentedigital.es facebook twitter

Gente en A Coruña

Logotipo diario gente
Kiosko. Portadas de periódicos

Absolución para el vecino de Cabana de Bergantiños acusado de matar a su cuñado tras apreciar el jurado legítima defensa

En su veredicto consideraron que hubo delito de lesiones y no de homicidio o asesinato

aumentar texto reducir texto imprimir enviar noticia comentar

25/5/2023 - 21:51


En su veredicto consideraron que hubo delito de lesiones y no de homicidio o asesinato

A CORUÑA, 25 (EUROPA PRESS)

El jurado ha considerado no culpable de los delitos de homicidio imprudente y de asesinato al octogenario acusado de matar a su cuñado, de 85 años, en el domicilio de Cabana de Bergantiños (A Coruña) donde convivían junto a la mujer de la víctima y hermana del procesado.

Así se ha dado a conocer al hacerse público su veredicto, según ha informado el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG). En concreto, el jurado lo ha declarado culpable de un delito de lesiones, pero ha apreciado la concurrencia de la eximente completa de legítima defensa. El magistrado presidente ha indicado que, como consecuencia del veredicto, la sentencia será absolutoria.

En la lectura de las conclusiones, Fiscalía rebajó de diez a seis años la petición de condena para el acusado de matar a su cuñado, en junio de 2019 en Cabana de Bergantiños, tras golpearle con una barra de hierro en la cabeza cuando el fallecido le amenazó con una escopeta.

En el juicio celebrado en la Audiencia Provincial de A Coruña, el Ministerio Público mantuvo la petición de condena por un delito de homicidio y planteó la eximente de legítima defensa y la agravante de parentesco.

La acusación particular, por su parte, retiró la petición de delito de asesinato con ensañamiento porque los golpes no fueron "la causa de la muerte", como expusieron los forenses en una de las sesiones del juicio, y mantuvo la calificación de asesinato con alevosía por el que pedía 25 años de cárcel y, en última instancia, el delito de homicidio, con una pena en este caso de 15 años.

En contraposición, la defensa mantuvo su petición inicial de consideración de los hechos como constitutivos de un delito de lesiones u homicidio preterintencional, con las eximentes completas de legítima defensa y miedo insuperable y la atenuante de confesión por lo que pedía la libre absolución.

añadir a meneame  añadir a freski  añadir a delicious  añadir a digg  añadir a technorati  añadir a yahoo  compartir en facebook  twittear 
Gente Digital en Facebook

Grupo de información GENTE · el líder nacional en prensa semanal gratuita según PGD-OJD
Desarrollado por Tres Tristes Tigres