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hasta que se pronuncie el constitucional

Saénz seguirá como número dos del Santander de momento

Este proceso de resolución del previsible recurso de amparo ante el Constitucional podría durar cerca de dos años y paralizaría la ejecución de la sentencia condenatoria. Pese a todo, la entidad bancaria aguanta el tipo en la Bolsa.

Archivado en: Banco Santander

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gentedigital.es
17/1/2011 - 15:57

El consejero delegado del Banco Santander, Alfredo Sáenz, podrá seguir ocupando su puesto de 'número dos' de la entidad hasta que el Tribunal Constitucional resuelva sobre la inhabilitación para ejercer cualquier cargo dentro del sector bancario a la que ha sido condenado por el Tribunal Supremo.

Según fuentes jurídicas cercanas al caso consultadas por Europa Press, este proceso de resolución del previsible recurso de amparo ante el Constitucional podría durar cerca de dos años y paralizaría la ejecución de la sentencia condenatoria, por lo que el directivo podría seguir al frente de la entidad.

A pesar de trascender el fallo dictado por el Tribunal Supremo, la sentencia todavía no ha sido redactada y trasladada a las partes, por lo que éstas deberán esperar a conocer el documento para emprender cualquier iniciativa legal.

Las mismas fuentes explicaron que una vez se haga pública la sentencia, para paralizar la ejecución el directivo de la entidad cántabra deberá consignar ante la Audiencia Provincial de Barcelona la indemnización a la que ha sido condenado y pedir a este tribunal la suspensión de la ejecución del fallo.

A su vez, para conseguir esta suspensión, los representantes legales de Sáenz deberán presentar un recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional, cuya admisión a trámite paralizaría la ejecución de la sentencia. Para ello, deberán estudiar los argumentos legales para fundamentar una vulneración de derechos fundamentales.

La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo ha condenado Sáenz a ocho meses de prisión, multa e inhabilitación para ejercer cualquier puesto dentro del sector financiero por delitos de acusación falsa y estafa procesal cometidos en 1994 cuando era presidente de Banesto, según adelantó hoy 'El Mundo'.

Según fuentes jurídicas, las condenas de prisión son menores y no obligan al condenado a su cumplimiento al carecer de antecedentes penales, como en este caso, y el Constitucional suele admitir a trámite los recursos de amparo.

Además, destacaron que la sentencia del Supremo se ha resuelto con tres votos de los jueces a favor de la condena frente a dos votos particulares en contra. En este sentido, la argumentación de los jueces en contra de la condena servirá para apoyar el recurso de amparo ante el Constitucional, además del dictamen de la propia Audiencia Provincial que sobreseyó la querella por denuncia falsa el 28 de octubre de 2004.

 

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