martes, 16 de abril de 2024 17:13 www.gentedigital.es facebook twitter

Gente en Alicante

Logotipo diario gente
Kiosko. Portadas de periódicos
La Audiencia confirma la sentencia

Condenadas dos personas por rayar el coche del alcalde de El Verger como venganza por no concederles ayudas

La sección tercera de la Audiencia Provincial de Alicante ha confirmado la sentencia por la que un juzgado de Benidorm impuso sendas penas de un año de cárcel a dos acusados por un delito de daños cometido al rayar el vehículo del alcalde de El Verger, Miguel González, como venganza a la negativa de éste a seguir pagando una ayuda social.

aumentar texto reducir texto imprimir enviar noticia comentar

02/3/2015 - 17:31

ALICANTE, 2 (EUROPA PRESS)

La sección tercera de la Audiencia Provincial de Alicante ha confirmado la sentencia por la que un juzgado de Benidorm impuso sendas penas de un año de cárcel a dos acusados por un delito de daños cometido al rayar el vehículo del alcalde de El Verger, Miguel González, como venganza a la negativa de éste a seguir pagando una ayuda social.

Los hechos ocurrieron la tarde del 25 de mayo de 2013, cuando los procesados, D.B.M. y O.T., se dirigieron al bar de la localidad alicantina de El Poblets, también en la comarca de la Marina Alta, donde se encontraba el primer edil y provocaron daños en su coche estacionado en la calle, por un importe de 1.524 euros.

El Juzgado de lo Penal 2 de Benidorm celebró un juicio rápido y condenó en junio del pasado año a los dos acusados a un año de prisión como autores de un delito de daños. En la sentencia se recoge que los reos actuaron contra el vehículo de González "en venganza" por el hecho de que el alcalde "no siguiera concediendo una ayuda social" a O.T.

Además de la pena de cárcel, los acusados fueron condenados al pago de multas de 2.480 euros, en el caso del hombre, y 1.080 euros en el de la mujer. Igualmente, se les impuso la prohibición de acercarse a menos de 200 metros del perjudicado, de su hogar, de su puesto de trabajo o de cualquier lugar que él frecuente durante dos años.

"HASTÍO"

Los procesados presentaron sendos recursos de apelación contra el fallo. Entre los argumentos que esgrimían, la defensa de O.T. alegaba que se había vulnerado su derecho a un juez imparcial sobre la base de que el magistrado que la juzgó había hecho un comentario al final de la vista del que podía desprenderse su "hastío" hacia ella.

Concretamente, el juez afirmó que ya conocía a la acusada, que siempre hacía referencia a sus hijos y que había tenido muchos problemas. Para la Audiencia, que ha examinado la grabación del juicio, el tono del magistrado corresponde más bien a la "mutua interrupción en el diálogo que se entabló" entre éste y la acusada sobre su capacidad económica y no "a ese hastío al que hace referencia la recurrente".

La sentencia de apelación, facilitada este lunes por el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, también descarta que se haya vulnerado el derecho a la defensa de los acusados por el hecho de no admitirse la declaración de unos testigos, pues éstos no aparecían en el atestado policial sobre los hechos enjuiciados y ni siquiera estaban localizados.

Por otro lado, los magistrados consideran que la valoración que realizó el juez de Benidorm de las pruebas practicadas es lógica, coherente y razonable, al igual que la aplicación de una modalidad agravada del delito de daños por el hecho de que éstos fueran perpetrados contra el coche de la víctima por su actuación como alcalde.

La sala recuerda que la dueña del bar vio a D.B.M. y a O.T. merodeando cerca del vehículo y cómo hacían algo en el capó del mismo que la testigo no pudo ver. Y cuando los acusados se marcharon, la pintura del coche ya estaba levantada.
añadir a meneame  añadir a freski  añadir a delicious  añadir a digg  añadir a technorati  añadir a yahoo  compartir en facebook  twittear 
Gente Digital en Facebook

Grupo de información GENTE · el líder nacional en prensa semanal gratuita según PGD-OJD
Desarrollado por Tres Tristes Tigres