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Por delito de desobediencia

Imponen 6 meses de cárcel a una persona que no acudió a declarar como testigo en un juicio tras requerírselo tres veces

La Audiencia Provincial de Alicante ha ratificado una sentencia que condena a seis meses de prisión a una persona por un delito de desobediencia, ya que ignoró hasta tres requerimientos de un juzgado de Alcoi (Alicante) para que acudiera a prestar declaración como testigo en una investigación de carácter penal.

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03/3/2015 - 18:50

ALICANTE, 3 (EUROPA PRESS)

La Audiencia Provincial de Alicante ha ratificado una sentencia que condena a seis meses de prisión a una persona por un delito de desobediencia, ya que ignoró hasta tres requerimientos de un juzgado de Alcoi (Alicante) para que acudiera a prestar declaración como testigo en una investigación de carácter penal.

La sección tercera de la Audiencia ha desestimado el recurso de apelación formulado contra el fallo del juzgado de lo Penal número 2 de Alicante de enero del pasado año. El tribunal hace suyos los argumentos del juzgador y rechaza tomar en consideración las razones alegadas por el procesado para justificar su incomparecencia en el juzgado. Concretamente, se escudó en que tenía que trabajar e invocó "estado de necesidad".

"Ninguna prueba se aporta" de esa circunstancia, señalan los magistrados en la sentencia de apelación, dictada el pasado 9 de enero y facilitada este martes por el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV).

Los hechos declarados probados refieren que el condenado desoyó hasta tres requerimientos para acudir a testificar en el marco de unas diligencias previas. El primero se le notificó el 25 de marzo de 2011 y el segundo, el 27 de mayo, en esta ocasión bajo apercibimiento de multa y de que podía incurrir en el delito de desobediencia.

Finalmente, el 7 de octubre, el acusado desatendió por tercera vez la citación personal, efectuado en esta ocasión a través de la Policía y con el apercibimiento expreso de incurrir en delito de desobediencia y obstrucción a la Justicia.

A pesar de esa reiteración de las citaciones judiciales, la defensa del acusado esgrimió en su recurso que la desobediencia debería haberse calificado como falta y no como delito. Los magistrados responden en cambio que el reo cometió los hechos con "tenacidad" y "persistencia", de ahí que la infracción penal haya de definirse como grave.
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