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Tribunales.-AMPL.-Imputados en 'Poniente' por presunta corrupción en El Ejido recurren el auto de procesamiento

Los imputados en el caso 'Poniente' por una presunta trama de corrupción política y empresarial en torno al Ayuntamiento de El Ejido (Almería) y la Empresa Mixta de Servicios Municipales (Elsur), participada como socio mayoritario por Abengoa y bajo mandatos del exalcalde Juan Enciso (PAL), han comenzado a elevar al Juzgado de Instrucción 2 de Almería recursos contra el auto de procesamiento.

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27/6/2016 - 17:58

ALMERÍA, 27 (EUROPA PRESS)

Los imputados en el caso 'Poniente' por una presunta trama de corrupción política y empresarial en torno al Ayuntamiento de El Ejido (Almería) y la Empresa Mixta de Servicios Municipales (Elsur), participada como socio mayoritario por Abengoa y bajo mandatos del exalcalde Juan Enciso (PAL), han comenzado a elevar al Juzgado de Instrucción 2 de Almería recursos contra el auto de procesamiento.

Entre las primeras impugnaciones figuran las del empresario Ambrosio Cuevas, quien fue detenido junto a otras 19 personas como el exregidor, el exinterventor municipal José Alemán, así como los también empresarios José Amate, Juan Antonio Galán y Jesús Aragón cuando explotó la operación en octubre de 2009 con intervención del Ayuntamiento, y la de un técnico de Área de Obras Públicas, procesado por recibir presuntamente fondos públicos a través de la subcontrata Urdial-Maryya SL, fundada por su jefe, también imputado.

Los recursos de reforma, y subsidiarios de apelación ante la Audiencia Provincial, alegan, en el caso de Ambrosio Cuevas, que el auto del magistrado Jesús Miguel Hernández adolece de "absoluta inconcreción" en el relato de los hechos "delictivos supuestamente imputables" al empresario y niega que este incurriese en la comisión de presuntos delitos de cohecho, falsedad documental y contra la Hacienda Pública, según han informado a Europa Press fuentes jurídicas.

En el caso del técnico del Área de Obras Públicas, a quien el juez atribuye la presunta percepción de 82.577,98 euros de dinero público entre los años 2004 y 2009 "participando en la trama general para detraer fondos públicos del Ayuntamiento, a través de Elsur y sus subcontratas", la impugnación sostiene que era "un simple trabajador" o "mandao" que se "limitaba a hacer el trabajo que su jefe le encomendaba, ajeno a las supuestas relaciones entre Elsur y El Ayuntamiento".

Cabe recordar que el juzgado instructor ha concluido tras siete años la investigación del 'caso Poniente' por el supuesto saqueo en más de 90 millones de euros de las arcas públicas y la supuesta comisión de delitos de cohecho, tráfico de influencias, falsedad en documento mercantil, blanqueo de capitales, malversación de caudales públicos, contra la Hacienda Pública y negociaciones prohibidas a funcionarios públicos.

En su recurso, la defensa de Ambrosio Cuevas indica que, además de la "absoluta inconcreción" en el relato de hechos supuestamente delictivos imputables a su patrocinado, estos no "se corresponden con las imputación de delitos". Así, detalla, en el caso del supuesto cohecho, que, tanto en los 23.038 folios de los que consta el procedimiento principal, como en las piezas de medidas cautelares y anexos documentales, consta "ni una sola conversación, ni un solo documento, ni una sola manifestación de investigados ni testigos que justifiquen la imputación de dicho delito".

En concreto, remarca que ni él a título de persona física, ni como administrador de Clabert Gestión SL o de ACG "ha entregado dádiva o retribución alguna a ningún funcionario público, no constando tampoco en el extenso relato de hechos, cuál es la base de dicha imputación".

Con respecto al delito de falsedad documental, la defensa subraya que la facturación realizada por ACG SL "obedece al trabajo continuo, persistente, real y concienzudo realizado por Cuevas a lo largo de los años investigados para la empresa Clabert, así como a la percepción de beneficios por su participaciones sociales".

El auto dictado el pasado día 20 sostiene que Clabert Gestión SL, cuyo administrador era el empresario, "sobrefacturó" entre 2004 y 2008 por los servicios prestados al Ayuntamiento de El Ejido" causando "un menoscabo grave a los fondos públicos" y que habría "simulado gastos por asesoramiento" por importe global de "2,9 millones de euros" a favor de empresas de la familia de Juan Antonio Galán, Ambrosio Cuevas y Jesús Aragón.

En esta línea, recoge que AGC SL, sociedad mercantil cuyo objeto social está relacionado con el asesoramiento de empresas mediante el estudio, promoción y prestación de asistencia y gestión técnica, administrativa y explotación de fincas habría percibido "424.444 euros" por esta vía, "estando compuesta de un solo trabajador, Ambrosio Cuevas, facturando cantidades sustanciosas".

Por último, en relación al delito contra la Hacienda Pública, concluye el recurso de apelación que si la remuneración obtenida por la mercantil del empresario como "consecuencia de su trabajo efectivo" para la empresa Clabert Gestión SL "fuera considerada gasto computable de esta mercantil, "ni siquiera estaríamos hablando de este tipo penal".

Añade, por último que, al no haber determinado la autoridad tributaria la supuesta deuda fiscal, dichos delitos "es obvio que estarían prescritos", que ninguna de las denuncia que motivaron la causa "incluyó la investigación de estos delitos" y que no se habría causado perjuicio alguno a la Hacienda Pública ya que la supuesta falta de tributación por parte de Clabert Gestión SL "habría sido suplida por la realizada" por ACG SL.

"SIMPLES MANDAOS"

La impugnación realizada por el funcionario del Ärea de Obras Públicas, A.C.G., cuya defensa hace extensible en su escrito las alegaciones a otros dos funcionarios del mismo área, M.J.M.M. y F.G.L., pide el sobreseimiento libre de las actuaciones para él ya que, según subraya, todas las declaraciones de los vinculados a Urdial Maryya "dejaron claro" que llevaron a cabo la ejecución real de los trabajos ordenados por su jefe "en igualdad de jerarquía, sin ningún poder de decisión" y rechaza, como le imputa el auto, que "formaran parte de ningún órgano de control de los trabajos y el canon de Elsur", o que fueran "encargados de velar por la correcta ejecución de los servicios prestados" por la empresa mixta.

Alude, en esta línea, a un informe certificado del Ayuntamiento donde se "reconoce que los trabajos" de su patrocinado "se han pagado a un precio inferior al de mercado, por lo que se ha producido un enriquecimiento en favor de los beneficiarios de dicho trabajo".

Niega el recurso la presunta comisión de un delito de negociaciones prohibidas a funcionarios, que es lo que se le imputa, porque, por un lado, "no tenía el deber de informar del negocio o actuación que estaba realizando ya que era un mero mandado" y, por otro, su comportamiento se englobaría, según asegura, en el "ámbito disciplinario administrativo" ya que, en el "hipotético caso de que alguno de los trabajos que como profesional realizase se incurriese en presunta incompatibilidad, dicha circunstancia carecería total y absolutamente de relevancia penal, debiendo dilucidarse estas cuestiones por esa vía, a la que nunca ha acudido el Ayuntamiento".

Por último, argumenta que el supuesto delito estaría "sobradamente prescrito" al tener un plazo de cinco años mientras que el auto por el que se le imputó es de 26 de marzo de 2015 cuando los hechos investigados transcurren de 2004 a 2009.

Según el auto de procesamiento recurrido, cinco funcionarios del Área de Obras Públicas del Ayuntamiento de El Ejido habrían recibido, entre los años 2004 y 2009, diferentes cuantías económicas de la empresa Urdial Maryya. Les reprocha lo hicieron a pesar de que formaban parte de un "departamento encargado de velar por la correcta ejecución" de los servicios prestados por Elsur y de "comprobar" la propuesta de actualización del canon que con carácter anual presentaba la empresa mixta.

Así, desgrana que los ingresos de Urdial Maryya SL procedieron "casi en exclusiva" de Elsur, de la que percibieron entre 2004 y 2009 más de 1,9 millones de euros, así como de Clabert Gestión SL, con la cuantía de 317.144,88 euros y de Diseño y Desarrollo Integral de Infraestructuras Eléctricas El Ejido (DIIESA), con 53.824 euros en 2007.

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