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La ampliación de la edad jubilación necesita una reforma legislativa, según un experto de la UCAV

El profesor del Grado en Derecho de la Universidad Católica de Ávila (UCAV), Carlos Arroyo Abad, ha opinado sobre los propósitos del Gobierno sobre la ampliación de la edad de jubilación, indicando que "la clave será la materialización de tales palabras en una oportuna reforma legislativa y el tiempo que esta tarde en llevarse a cabo".

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11/9/2020 - 13:30


ÁVILA, 11 (EUROPA PRESS)

El profesor del Grado en Derecho de la Universidad Católica de Ávila (UCAV), Carlos Arroyo Abad, ha opinado sobre los propósitos del Gobierno sobre la ampliación de la edad de jubilación, indicando que "la clave será la materialización de tales palabras en una oportuna reforma legislativa y el tiempo que esta tarde en llevarse a cabo".

"La jubilación anticipada voluntaria es una figura reglada en la norma, en la Ley General de Seguridad Social, por la que ante el estricto cumplimiento de unos requisitos recogidos en su artículo 208, el ciudadano tiene la opción de poner fin a su vida laboral e incorporarse a las clases pasivas como jubilado con derecho a pensión contributiva", ha apuntado.

Sin embargo, "el problema del abuso en la utilización de este tipo de cauce se circunscribe a los actuales y profundos problemas que está presentando el mantenimiento del sistema de pensiones".

Por eso, en un marco de inversión de pirámide poblacional con una elevada esperanza de vida, incremento tardío de cotizantes y aportaciones menores de cotizaciones a la Seguridad Social de la mano de una precarización del mercado, "es de entender que toda política deba orientarse a prolongar la edad activa, incluso por la vía de jubilaciones flexibles o activas, más que reducir aún más los porcentajes de población ocupada".

"El problema que vemos sobre las noticias publicadas en esta materia, es que suele haber una clara confusión entre la figura de la jubilación anticipada voluntaria y la prejubilación (así, podemos ver como algún medio, bajo el título de endurecimiento de prejubilaciones voluntarias, pasa a hablar de las jubilaciones anticipadas)", y ha explicado que "ambas se encuentran en la actualidad sometidas a una situación que genera controversia, pero las dos figuras son totalmente distintas".

Así, mientras sí es cierto que las prejubilaciones pueden verse incrementadas en el marco del contexto COVID, el caso de las jubilaciones anticipadas, remonta su crecimiento a los últimos años hasta niveles del 66% de incremento en el periodo comprendido entre los años 2014 a 2019.

Según el profesor de la UCAV, "la realidad de las prejubilaciones es bien distinta", ya que "carece de un marco regulatorio por lo que queda a la voluntad de un acuerdo individual o colectivo entre empresa y representantes legales de los trabajadores", mientras que en la esfera colectiva, lo más conocido son los procesos de despido colectivo, "en los que puede acordarse la fórmula de la prejubilación como cauce limitativo al número de despidos que vayan a llevarse a cabo".

Los problemas que presenta la prejubilación, según Arroyo, es "su inexistente marco regulatorio que pueda poner coto a un uso abusivo", y "el fraude fiscal sobre la base de las cuantías abonadas en concepto de prejubilación y su trato diferenciado con respecto a las indemnizaciones".

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