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PROTECCIÓN

Entra en vigor la modificación del Código de Consumo de Catalunya

La modificación de la Ley del Código de Consumo de Catalunya ha entrado en vigor este miércoles después de que la aprobase el Parlament en diciembre, aumentando la protección de los consumidores sobre créditos y préstamos hipotecarios, vulnerabilidad económica y relaciones de consumo en general.

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01/4/2015 - 16:13

BARCELONA, 1 (EUROPA PRESS)

La modificación de la Ley del Código de Consumo de Catalunya ha entrado en vigor este miércoles después de que la aprobase el Parlament en diciembre, aumentando la protección de los consumidores sobre créditos y préstamos hipotecarios, vulnerabilidad económica y relaciones de consumo en general.

La reforma sirve para aplicar en Catalunya las directivas europeas y para actualizar aspectos de la relación entre las empresas prestadoras de servicios básicos y los consumidores.

Define los criterios de pobreza energética y vulnerabilidad económica para permitir aplicar medidas de protección que eviten cortes de suministros básicos a estas personas, y también incrementa las garantías de las personas a la hora de contratar créditos o préstamos hipotecarios.

Especifica qué se consideran cláusulas abusivas --como una diferencia de más de cinco puntos entre la cláusula suelo y la techo-- y refuerza los mecanismos de resolución extrajudicial de los conflictos a través del arbitraje de consumo.

Regula el contenido de la publicidad, la información precontractual, el deber de analizar la solvencia de la persona consumidora, y, por parte de las entidades financieras, de crédito y el notario que intervenga, de hacer comprensible las consecuencias económicas y jurídicas de la transacción que se haga, especialmente en caso de impago.

También reconoce el derecho del consumidor a aportar una tasación del inmueble que deberá ser aceptada por la entidad de crédito, y establece que los organismos sancionadores de consumo pueden requirir la eliminación y cese de prácticas abusivas o desleales y, en el caso de las hipotecas, incluso adoptar la dación en pago.

Para evitar nuevos casos de comercialización poco adecuada de servicios financieros y de inversión a particulares como las participaciones preferentes y deuda subordinada, se incluyen obligaciones de información para todas las empresas que ofrecen estos servicios.

Se añaden otras medidas de carácter genérico, como la mejora de la protección de los derechos de los trabajadores autónomos y microempresas ante las empresas prestadoras de servicios básicos, como agua, gas, electricidad y telecomunicaciones.

También se incorpora la obligatoriedad de que estas empresas prestadoras informen en todas las facturas del número de teléfono gratuito de atención de incidencias, y se crea una tasa de inspección a las compañías que superen las 100 reclamaciones ante Consumo.
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