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BARCELONA

La Junta Electoral no sanciona a Trias y considera "propaganda" la visita al Mercat del Ninot

El Ayuntamiento respeta y acatará la resolución pese a discrepar con algunas valoraciones

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17/4/2015 - 19:25

El Ayuntamiento respeta y acatará la resolución pese a discrepar con algunas valoraciones

BARCELONA, 17 (EUROPA PRESS)

La Junta Electoral de Zona de Barcelona ha resuelto este viernes que la visita a las obras del Mercat del Ninot por parte del alcalde, Xavier Trias, representa un "acto de propaganda", y ha advertido de que abrirá expediente sancionador en caso de reiteración, según la resolución en respuesta de una denuncia de la CUP, ha informado el partido.

Lo ha resuelto después de que el jueves los grupos municipales del PSC, el PP y la CUP presentaran sendas denuncias contra el primer edil acusándole de contravenir la prohibición de realizar actos públicos después de la convocatoria de elecciones municipales.

La resolución de la Junta declara la visita "contraria al artículo 53.2" de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General (Loreg), que prohíbe la publicidad y la propaganda electoral desde la convocatoria de las elecciones hasta el inicio legal de la campaña.

Defiende que la visita no fue "solamente una inspección sino que la hizo acompañada de medios de comunicación, lo que la convierte en un acto de propaganda", y prohíbe que el día 19 de mayo alguno de los candidatos inaugure el mercado, algo que no preveía hacer el Ayuntamiento.

También considera contrario a la Loreg las comunicaciones realizadas a través de redes sociales respecto a futuras actuaciones y sobre balances, ya que sostiene que son "propaganda de la actividad que ha desarrollado como alcalde uno de los candidatos a la Alcaldía".

Fuentes del Ayuntamiento han destacado en declaraciones a Europa Press que respetan y acatan la resolución pese a discrepar en algunas valoraciones, ya que consideran que la visita al Mercat del Ninot sí se adecuaba a la legalidad.

Han señalado que el hecho de que Trias no pueda utilizar las redes sociales para destacar futuras actuaciones y valorar las ya realizadas conlleva una situación de desigualdad respecto al resto de candidatos, que sí las pueden usar.

La Junta ha denegado al Ayuntamiento una ampliación del plazo para presentar alegaciones después de que lo pidiera el consistorio al considerar que las 14 horas de las que disponía eran escasas.
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