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Blog de José Juan Taboada

De caza

Publicada la modificación del Reglamento de Armas

Archivado en: Reglamento de Armas

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Tras meses de incertidumbre sobre el futuro de muchos de nuestros rifles, las aguas han vuelto a su calma. El Gobierno aprobó en Consejo de Ministros la modificación y adaptación del Reglamento de Armas a la Directiva Europea. Esa que nos ha traído en 'pendolín' a cuenta del borrador que se pretendía aprobar en un primer momento y que gracias a la movilización de todos los sectores involucrados en el mundo cinegético y deportivo conseguimos parar.

Según se asegura desde la propia administración del Estado, "el objetivo de esta modificación es incorporar al ordenamiento jurídico español la Directiva de la Unión Europea del 21 de mayo de 2008, relacionada con la adquisición y tenencia de armas".

El Real Decreto se publicó en el Boletín Oficial del Estado (BOE) del pasado sábado 9 de julio de 2011. Las principales modificaciones que recoge respecto al Reglamento de Armas vigente son las siguientes:

- Inutilizaciones de armas más completas:
Se modifica el artículo 108 del Reglamento de Armas actual con el objeto de que sobre las armas de fuego se lleve a cabo un completo procedimiento de inutilización de todas y cada una de sus piezas y mecanismos que garantice su irreversibilidad. Antes de esta modificación, la inutilización sólo afectaba al cañón del arma de fuego, de manera que con su sustitución se estaban rehabilitando armas inutilizadas para su uso con finalidades ilícitas.

- Nuevos requisitos para la compra-venta de armas:
Se recoge una importante modificación del artículo 49 del actual Reglamento de Armas. En este sentido, se añade un nuevo apartado con la siguiente redacción: "4. Salvo en el caso de los armeros, la adquisición de armas de fuego, sus piezas y municiones mediante técnicas de comunicación a distancia, estará sometida a autorización previa expedida por la Dirección General de la Policía y de la Guardia Civil, ámbito de la Guardia Civil, y a las prescripciones del presente Reglamento".

- Marcado de las armas de fuego:
El marcado de las armas de fuego consiste en un código alfanumérico grabado en el arma que, al ser único, permite identificarlas de manera individual. Antes sólo se preveía el marcado de las armas de fuego completamente ensambladas. El texto también prevé el marcado de las piezas fundamentales de las armas de fuego que se comercialicen por separado.

- Regulación del régimen jurídico del corredor de armas:
Se regula la actividad de corretaje de armas de fuego. Así, por “corredor” se entenderá toda persona física o jurídica cuya actividad profesional consista en la compra, venta u organización en territorio español de actividades relacionadas con las armas de fuego o asimiladas, sus piezas fundamentales o municiones, negociando o concertando las citadas transacciones comerciales. Se trata de un intermediario en las operaciones comerciales que se lleven a cabo con estos materiales.
Además, a los “corredores” se les exigirá para ejercer su actividad la obtención de una autorización previa y que lleven un registro de las armas que sean objeto de su actividad de intermediación en los correspondientes libros.

- Tarjeta Europea de Armas de Fuego:
La Tarjeta Europea de Armas de Fuego es el documento que ampara la tenencia y uso de armas de fuego para la caza y el tiro por parte de los ciudadanos españoles que posean la correspondiente licencia y se desplacen a otros países comunitarios con sus armas de fuego, y viceversa. En este punto, el Reglamento de Armas se modifica para adaptarlo a diversas previsiones de la Directiva comunitaria para prever expresamente el carácter intransferible de la Tarjeta Europea de Armas de Fuego, así como para no gravar su utilización con ningún tipo de tasa o canon.

Publicado el 12 de julio de 2011 a las 11:15.

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El V Observatorio Cinegético estará destinado a los 'Guardas de Caza'

Archivado en: Observatorio Cinegético, guardas de caza, Ibercaza

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La Real Federación Española de Caza (RFEC) en colaboración con la Federación Andaluza de Caza (FAC) organizará, el próximo mes de septiembre en Jaén, el V Observatorio Cinegético; Guardas de Caza, haciéndolo coincidir con la Feria de la Caza y la Pesca de la provincia de Jaén, IBERCAZA.

El observatorio tratará sobre la situación de los guardas de caza como uno de los pilares de la actividad cinegética en España, ligados directamente a la gestión de los cotos. También sobre la infravalorada y no suficientemente reconocida tarea de éstos, los problemas que minan la eficacia de su labor, el intrusismo y la carencia de valor de sus denuncias, así como, su poca reconocida situación laboral en muchas fincas de caza.

La jornada comenzará con un seminario dirigido por Alonso Sánchez Gascón, asesor jurídico de la RFEC, donde se dará a conocer a los asistentes la historia, la legislación actual y las competencias del guarda de caza. En éste, Santiago Ballesteros, secretario general de la RFEC, presentará una ponencia sobre los delitos de furtivismo, detención ilegal, usurpación de atribuciones y uso indebido de uniforme. Por parte de la FAC, Luis Cardenas, hablará sobre los guardas de caza y los vigilantes de cotos autonómicos.

Posteriormente, en horario de tarde, comenzará el observatorio, propiamente dicho, presentado por Andrés Gutiérrez Lara, presidente de la RFEC; José María Mancheño, presidente de la FAC y un representante de la Administración Andaluza.

El observatorio constará de dos mesas: Guardas, vigilantes y Comunidades Autónomas: Diagnóstico de la situación y Guardas de caza ¿Es necesario mejorar su situación? ¿Es posible? En ambas participarán: La Junta de Andalucía, la Guardia Civil (Seprona), la RFEC, la FAC sociedades de cazadores, titulares de cotos y guardas de caza.

El plazo de inscripción se abrirá en los próximos días, pudiendo acceder a la ficha de inscripción en www.fecaza.com. Para mayor información ponerse en contacto con la secretaría de la RFEC, en el: 91-311-14-11.

Publicado el 6 de julio de 2011 a las 09:45.

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El Consejo de Caza de Castilla y León aprueba la Orden Anual de la temporada 2011/2012

Archivado en: Orden de Caza

En la reunión celebrada hoy en Valladolid, se acordó que la fecha de inicio de la temporada de caza de "media veda" no podrá ser anterior al día 15 de agosto, ni la de cierre posterior al 18 de septiembre. Para la tórtola común y la paloma torcaz se retrasa el comienzo de la época hábil al 21 de agosto en todas las provincias.

El número de días hábiles de la media veda no podrá exceder de 20, no necesariamente consecutivos. Se mantienen las especies cazables, excepto la grajilla (Corvus modelula), que no será cinegética durante la próxima temporada.

Fotografías publicadas en el álbum ‘Los secretos de la dehesa’ en el perfil de Facebook de ‘Sí al arte de la tauromaquia’El periodo de días hábiles de caza del resto de especies ha sufrido modificaciones no sustanciales en cuanto a la extensión de los periodos hábiles, si bien para las especies más populares (corzo, ciervo, jabalí, gamo, muflón y lobo) se han modificado las fechas de inicio y final de temporada a domingos.

La variación más significativa en el ámbito de la caza mayor se ha producido en la especie cinegética del corzo, donde en los dos periodos de caza habilitados se podrá capturar ejemplares de los dos sexos. Además, en aquellas provincias donde se produzcan graves daños, se podrá habilitar la caza de corzo (excepto de ejemplares de hembra) entre el 1 de enero y el 15 de febrero, con la autorización de la Administración regional.

Por su parte, la caza menor ha adaptado su calendario, iniciándose el 4º domingo de octubre y finalizando el último domingo de enero de 2012.

Fotografías publicadas en el álbum ‘Los secretos de la dehesa’ en el perfil de Facebook de ‘Sí al arte de la tauromaquia’Por otra parte, la Dirección General de Medio Natural podrá autorizar, a petición de la Federación Castellano-Leonesa de Galgos, la caza de la liebre con galgo desde el día 12 de octubre, a aquellas asociaciones pertenecientes a la Federación Castellano-Leonesa de Galgos que se encuentren inscritas durante esta temporada para participar en el Campeonato de España, o de Castilla y León de Galgos y campeonatos provinciales, siempre que dichos galgos tengan pendiente su participación en alguna prueba oficial.

El Consejo de Caza de Castilla y León es un órgano consultivo adscrito a la Consejería de Medio Ambiente con el objetivo de posibilitar la participación de los diferentes colectivos implicados mediante su labor de asesoramiento.

En el Consejo Regional de Caza están representados -además de miembros de las Consejerías de Medio Ambiente, Agricultura y Ganadería y Cultura y Turismo-, los titulares de los cotos privados de caza y de los clubs deportivos, representantes de la Federación de Caza de Castilla y León, de la Federación de Galgos de Castilla y León, de los consejos territoriales de Caza de las nueve provincias de la Comunidad, universidades, organizaciones profesionales agrarias, organizaciones conservacionistas y personas de reconocido prestigio en materia de caza.

Desarrollo normativo

Fotografías publicadas en el álbum ‘Los secretos de la dehesa’ en el perfil de Facebook de ‘Sí al arte de la tauromaquia’Por otra parte, los miembros del Consejo Regional de Caza han sido informados del borrador de Decreto sobre la conservación de las especies cinegéticas de Castilla y León y normas reguladoras para su aprovechamiento sostenible, elaborado por la Consejería de Medio Ambiente con el objetivo de adaptarse a la normativa comunitaria de la Directiva Aves y al Convenio de Bonn. Los miembros del Consejo Regional de Caza tienen un plazo de 20 días para presentar sugerencias a este borrador de Decreto.

Esta iniciativa supone dar un paso más a la hora de definir y regular las modalidades de caza y los regímenes de autorización, según los según criterios de sostenibilidad y de ordenado aprovechamiento del recurso cinegético, que se recogen en los títulos V y VII de la Ley 4/1996 de Caza de Castilla y León.

El desarrollo reglamentario de estos dos títulos tiene como finalidad dictar normas para la protección de las especies cinegéticas, fomentar la conservación de las poblaciones de estas especies y de plasmar jurídicamente los principios de protección recogidos, especialmente para el caso de las aves, en la Directiva Aves y Convenio de Bonn.

Según establece el futuro Decreto, se han adaptado para el territorio de la Comunidad de Castilla y León los calendarios de aprovechamiento cinegético de las especies, que en ningún caso podrán ser coincidentes con sus periodos de cría o reproducción ni con los de su regreso hacia los lugares de cría.

Fotografías publicadas en el álbum ‘Los secretos de la dehesa’ en el perfil de Facebook de ‘Sí al arte de la tauromaquia’Otro de los objetivos es articular el régimen de utilización cinegética y de adiestramiento o entrenamiento de las aves de presa, remarcando el reciente reconocimiento de la cetrería y altanería como Patrimonio Inmaterial de la Humanidad (UNESCO) y de actualizar los regímenes de utilización de las zonas de entrenamiento de perros de caza, de forma que se garantice la conservación de las especies silvestres y no se interfiera de manera sustancial con el ciclo biológico de las citadas especies.

Una de las premisas del futuro Decreto es la diferenciación entre la actividad venatoria deportiva, que tendrá lugar siempre dentro de los calendarios de aprovechamiento de las especies, y la aplicación de medidas de control poblacional de la fauna silvestre.

Se establece que la variable evolución demográfica de estas poblaciones en la Comunidad requiere que, en los supuestos establecidos por la normativa comunitaria y/o estatal, puedan ser llevadas a cabo medidas de control poblacional fuera de los periodos ordinarios de aprovechamiento de las mismas debido a razones de seguridad de las personas y de sus bienes, para proteger a la flora y la fauna y, especialmente, como medida para restablecer las condiciones de equilibrio de los ecosistemas.

Publicado el 16 de junio de 2011 a las 19:45.

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Cazados dos furtivos madrileños en Zamora

Archivado en: Furtivos, Zamora, Corzo

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La operación se enmarca dentro de una investigación iniciada por el Seprona (Servicio de Protección de la Naturaleza) de la Guardia Civil de Zamora tras tener conocimiento de que en la zona se cazaba de forma ilegal, según ha informado hoy en un comunicado la Subdelegación del Gobierno en Zamora.

El furtivismo se había visto favorecido por la veda del corzo y por el pequeño tamaño de esta especie cinegética, lo que la hace de fácil ocultación, motivo por el que el Seprona puso en marcha un dispositivo especial de vigilancia.

En el marco de ese dispositivo, agentes del Seprona dieron el alto y procedieron a inspeccionar un vehículo Mitsubishi Montero que circulaba por la autovía A-52.

Los agentes encontraron en un saco que guardaban en el maletero tres cabezas de corzo macho precintadas de forma irregular.

Además también hallaron otras seis cabezas más de corzo macho sin ningún tipo de precinto, probablemente procedentes de la caza furtiva.

Por los hechos anteriormente descritos, se procedió a la imputación por un supuesto delito contra la flora y la fauna de dos varones con domicilio en Madrid y al decomiso de dos rifles de caza mayor propiedad de los imputados.

Las diligencias judiciales así como las armas decomisadas han sido puestas a disposición del Juzgado de Instrucción número 2 de Benavente.

Publicado el 26 de mayo de 2011 a las 19:15.

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La Junta participa en el Comité Interautonómico de Caza y Pesca

Archivado en: Órdenes de veda, caza, pesca.

El director general del Medio Natural, Guillermo Crespo, preside el encuentro que por primera vez se celebra en Extremadura, ya que la presidencia del Comité es de carácter rotativo, y en el que están participando, por videoconferencia o de manera presencial, representantes de Andalucía, Castilla y León, Galicia, Madrid, Valencia, Castilla-La Mancha, Cataluña, Asturias, Cantabria, Rioja, Murcia, Álava, Vizcaya, Navarra, Guipúzcoa, Ceuta, Melilla, Canarias, Baleares y Aragón.

En el orden del día figura la puesta en común y propuestas al Catálogo de Especies de Carácter Invasor y la homogeneización de las órdenes de vedas en territorios limítrofes, en especial, especies migratorias y media veda.

Según ha señalado el director general, Extremadura "está apostando fuertemente por la coordinación horizontal entre Comunidades Autónomas, para tratar de llegar a un acuerdo en temas como la convalidación de las licencias de caza y pesca entre las regiones, pero también en la gestión de las especies cinegéticas o los períodos de veda, así como las especies cazables".

"Aunque no será fácil, porque cada uno tiene su propio criterio de cómo hacer las cosas, pero estamos convencidos de que éste es el camino. Tenemos que tratar de mejorar las órdenes de veda por ejemplo entre Castilla León, Castilla La Mancha y Andalucía y aproximar las fechas, los períodos, las especies y los modos, porque si un cazador va a poder desplazarse de una Comunidad a otra, lógicamente tenemos que aproximarles que sean en las circunstancias lo más parecidas posibles a la suya", ha indicado Crespo, según ha informado la Junta en nota de prensa.

El Comité fue creado por las distintas Comunidades Autónomas en el año 2007 para la armonización de sus legislaciones respectivas, la puesta en común y la coordinación de la actividad en materias que resulten de interés común, para la propuesta o ejecución de las medidas, que se estimen necesarias y en general, para la defensa, promoción y mejora de la caza y la pesca continental en todo el territorio nacional de España.

Hasta la fecha, se han creado los siguientes grupos de trabajo: de la trucha común, de la becada, de Reservas de Caza y de la perdiz roja.

La reunión continuará esta tarde con la exposición de Aragón sobre la trucha de arco iris, la de Andalucía sobre el cangrejo rojo, la de Murcia sobre la problemática del arrui y la de Extremadura sobre la carpa.

Publicado el 11 de mayo de 2011 a las 21:45.

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Sociedades de caza de La Rioja están abandonando la gestión de cotos

Archivado en: Cotos, seguros.

Muchas sociedades de caza riojanas han decidido dejar de gestionar sus cotos. En la nota emitida por la Federación Riojana se explica que, ante la gravedad del problema de las reclamaciones realizadas por Agroseguros a nuestras sociedades, por los daños producidos a la agricultura por las especies cinegéticas y la falta de soluciones por parte del Ministerio de Medio Ambiente, Rural y Marino, ni de la compañía de seguros, se ha hecho entrega de los cotos, abandonando la gestión de los mismos en la Dirección General del Medio Natural.

Las sociedades de cazadores del resto de Espña mantienen que no pueden esperar que les suceda lo mismo que ocurre en Aragón o Castilla-La Mancha porque empiezan a llegar pagos de 19, 15 o 20 millones de las antiguas pesetas. El coste es excesivo e inasumible.

Publicado el 18 de abril de 2011 a las 13:30.

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Los pescadores en pie de guerra

Archivado en: Pesca, Ley de Pesca

Primero fue el Gobierno de España el que puso en pie de guerra a todos los sectores implicados en el deporte de la caza y del tiro como consecuencia del borrador para la nueva Ley de Armas. En la actualidad, la futura reforma se encuentra en punto muerto ante el descontento generalizado. Cuando las aguas volvían a su cauce y comenzada a asentarse de nuevo la tranquilidad en el ámbito de la caza y la pesca, el borrador de la nueva Ley de Pesca de Castilla y León vuelve a enervar al sector. De nada sirve que la Junta de Castilla y León esté intentando consensuar el borrador con los Consejos Provinciales de Pesca, los aficionados a la pesca no están hablando nada bien y no ocultan su descontento.

Varias de las modificaciones que se pretenden introducir han provocado un rechazo frontal. En el apartado dedicado a Especies de Interés Preferente, el borrador contempla en su artículo 9º que la Administración puede declarar a las especies piscícolas que estime oportunas Especies de Interés Preferente, tal y como pretende catalogar a la trucha común. Esto supone que en aplicación del futuro artículo 25 "la pesca de las especies declaradas de Interés Preferente, en las Aguas trucheras de Acceso Libre, se realizará en la modalidad de pesca sin muerte", esto supondrá el fin de la pesca tradicional en las aguas libres regionales, es decir, que nadie se podrá llevar un ejemplar de trucha para su degustación siempre que el pez haya sido pescado en aguas libres.


El resultado será el descenso de pesca en las aguas libres y la obligación de pescar en cotos con el consiguiente gasto, además se provocará un perjuicio importante para los profesionales de la venta de los ‘artilugios’ tradicionales y artesanos que se comercializan para la pesca tradicional con muerte.

Publicado el 4 de abril de 2011 a las 12:30.

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Única consideración jurídica para la población de lobos del norte de España

Archivado en: Lobo

La Directiva 92/43/CEE, de 21 de mayo de 1992, relativa a la conservación de los hábitats naturales y de la fauna y flora silvestres, recoge en la actualidad en su ANEXO V - especies animales y vegetales de interés comunitario cuya recogida en la naturaleza y cuya explotación pueden ser objeto de medidas de gestión, la población de lobos del norte de España, definiéndola como: “poblaciones españolas al norte del Duero”. El crecimiento de esta población ha supuesto hace ya más de una década, que el lobo, en su expansión, supere los límites del río Duero hacia el sur del mismo. Incluso se expande más al este del nacimiento del río, sin saber en esta situación si nos encontramos al norte o sur del mismo, generando una indefinición jurídica.

Fotografía publicada en el álbum ‘Los secretos de la dehesa’ en el perfil de Facebook de ‘Sí al arte de la tauromaquia’Asimismo la Directiva recoge en su ANEXO IV “Especies animales y vegetales de interés comunitario que requieren una protección estricta”, las poblaciones españolas del sur del Duero.

Por otra parte, la interpretación recogida en el ANEXO II - especies animales y vegetales de interés comunitario para cuya conservación es necesario designar zonas especiales de conservación de “poblaciones españolas: solamente las del sur del Duero”, da lugar de nuevo a errores en la interpretación ya que no sabemos si se refiere al “cauce” o a la “cuenca vertiente” de este.

Pero lo que desde el punto de vista biológico no ofrece ninguna duda es que se trata de la misma población, que se encuentra en un estado favorable de conservación y en expansión.

Fotografía publicada en el álbum ‘Los secretos de la dehesa’ en el perfil de Facebook de ‘Sí al arte de la tauromaquia’Esta situación, además de tratarse de un error de carácter técnico al definir las poblaciones, tiene una trascendencia en la gestión ordinaria de la especie que complica cada día más la aplicación de las medidas de gestión por las razones que tratamos de resumir a continuación.

La estructura productiva de Castilla y León, en relación con el resto de España, se caracteriza por una mayor presencia del sector agrario. Es por ello, que nuestra región posee una importante proporción de la cabaña ganadera nacional, principalmente en los censos de ganado vacuno y de ovino, y que cuenta con aproximadamente veintidós mil explotaciones de ganado extensivo que reúnen algo más de tres millones de cabezas. Esta ganadería extensiva y semiextensiva ha constituido tradicionalmente una actividad esencial para el mantenimiento del medio natural y de forma especial en áreas de montaña. Además de generadora de empleos y economía, la ganadería extensiva ha resultado fundamental en la gestión de los recursos y en la ordenación del territorio, habiendo contribuido de forma determinante a la conformación del legado natural que poseemos.

Todo ello, unido a que nuestra Comunidad Autónoma alberga la mayor población de lobos de nuestro país, implica llevar a cabo una gestión compleja sobre la especie, que persigue como uno de sus fines el compatibilizar la conservación, la existencia y el mantenimiento tanto de la propia especie como de la población del medio rural.

En este sentido nuestra región lleva años reclamando que la normativa europea y nacional se adapte a la realidad biológica del lobo en la península Ibérica. Las reivindicaciones comenzaron en el año 2003 con la remisión por la Junta de Castilla y León, de una solicitud formal de modificación del Anejo II de la Directiva 92/43/CEE, de conservación de los hábitats naturales y de la flora y fauna silvestre. Posteriormente, tal planteamiento de modificación fue convenientemente recogido en la Estrategia para la Conservación y la Gestión del Lobo (Canis lupus) en España, aprobada el 29 de enero de 2005 por la Conferencia Sectorial de Medio Ambiente.

Además, la Junta de Castilla y León ha elaborado, tramitado y aprobado un Plan de Conservación y Gestión de la especie cuya finalidad es mantener una población estable de lobos que facilite su expansión natural hacia aquellas áreas donde sea ecológica y socialmente aceptable, especialmente hacia el sur; contribuir a la viabilidad de la población ibérica en su conjunto; garantizar su adecuada gestión, y compatibilizar su existencia con la de la ganadería extensiva y con la viabilidad económica de las explotaciones agropecuarias, además de impulsar su valor como elemento dinamizador del desarrollo rural. Todo ello, gestionando la población de lobos de Castilla y León, como lo que es, una población única.

Fotografía publicada en el álbum ‘Los secretos de la dehesa’ en el perfil de Facebook de ‘Sí al arte de la tauromaquia’Pese a lo anterior, esta Comunidad, en cumplimiento con la Directiva anteriormente citada, tiene que gestionar esta única población de lobos bajo un doble criterio de catalogación según su ubicación geográfica en el territorio. Al norte del río Duero es “susceptible de medidas de gestión” estando considerada en nuestra región especie cinegética, hecho desarrollado por esta Comunidad con anterioridad a la entrada en vigor de la citada Directiva y que ha permitido su expansión así como su aprovechamiento cinegético, con la consecuente generación de recursos económicos en el medio rural. Además se han minimizado los perjuicios que la especie ocasiona a los bienes ganaderos lo que motiva que en estas áreas se genere una menor conflictividad social. Al sur de dicho río, aun tratándose de la misma población, es catalogada como especie “estrictamente protegida”. Este último hecho provoca que ante situaciones de especial conflictividad, tanto económica como social, y en aplicación del articulo 16 de la citada Directiva, se ejecuten por parte de la Administración controles poblacionales sobre la especie. Este sistema resulta insatisfactorio para reducir la creciente conflictividad por los elevados costes de su ejecución y su limitada eficacia al ser únicamente desarrollado con los medios propios de la Administración.

Pero quizás lo más paradójico, es el límite del río Duero, un límite que pudo tener sentido en el año 1992, pero que no es comprensible hoy en día. Es difícil entender que la misma población que ha recolonizado prácticamente todo el territorio de Castilla y León, que se ha expandido a las Comunidades Autónomas limítrofes, y que cumple los requisitos de conservación exigidos en la Directiva, siga teniendo una fracción catalogada como “estrictamente protegida” simplemente por su ubicación geográfica.

Una vez aprobado el Plan de Conservación y Gestión de la especie en Castilla y León aplicable a la totalidad de nuestra única y continua población, es el momento idóneo para instar nuevamente a la modificación de la citada Directiva, según lo recogido en la propia Estrategia para la Conservación y la Gestión del Lobo (Canis lupus) en España: «En estos momentos, la situación legal de la especie -susceptible de medidas de gestión al norte del Duero y estrictamente protegida al sur del río- no es coherente con su estatus poblacional. En su momento y en su caso, se propondrán las modificaciones necesarias en la Directiva de Hábitats para que la población continua del sur del Duero tenga el mismo estatus legal que la del norte del río, manteniendo la protección estricta para la población amenazada de Sierra Morena».

Publicado el 23 de marzo de 2011 a las 13:15.

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Acuerdo para resolver los problemas de la cobertura de los daños de la caza sobre la agricultura

Archivado en: Daños, Seguros

Daños en prados producidos por el jabalíLa Subsecretaria del MARM, Maria Felicidad Montero Pleite, ha presidido hoy, en  la sede de la Entidad Estatal de Seguros Agrarios, la última reunión del Grupo de Trabajo que ha venido realizando un análisis de los problemas que se vienen registrando en la gestión de los daños provocados por la fauna sobre las producciones agrícolas, y en la búsqueda de soluciones a los mismos.

En esta reunión los asistentes: representantes de las Comunidades Autónomas, tanto de las unidades responsables de agricultura como de las responsables de la gestión cinegética, así como representantes de las Organizaciones Agrarias y de Cooperativas, de la Federación de Caza, de las Entidades Aseguradoras, y del Ministerio de Economía y Hacienda han alcanzado un Acuerdo para resolver los problemas derivados de la cobertura de los daños de la caza sobre la agricultura.

Daños producidos por conejo en una plantación de brócoliLas líneas básicas de dicho acuerdo se centran, en primer lugar, en facilitar a los cotos el acceso a la contratación de seguros de responsabilidad civil. Se han establecido así mismo, criterios objetivos para clarificar el alcance de la responsabilidad de los cotos ante los daños que la fauna cinegética pueda ocasionar sobre las producciones agrícolas y se procederá a establecer protocolos de trabajo y de intercambio de información sobre los procedimientos de valoración de daños y el alcance de las pérdidas registradas.

Uno de los objetivos fundamentales que han orientado los trabajos del Departamento ha consistido en garantizar a los agricultores el mantenimiento de las coberturas y condiciones que actualmente les ofrecen los seguros agrarios.

Publicado el 18 de marzo de 2011 a las 19:30.

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"La gilipollez del día: declarada ilegal la media veda en Castilla-La Mancha"

Archivado en: Ecologistas, media veda, Castilla-La Mancha

"El Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha (TSJCM) ha declarado ilegal la media veda en la región correspondiente a la temporada 2007-2008 por desarrollarse de ´forma insostenible´ y por tener por objetivo especies en época de reproducción, al estimar en parte el recurso presentado en el año 2007 por Ecologistas en Acción.

En concreto, la organización ecologista interpuso un recurso contencioso-administrativo contra la autorización de determinadas prácticas cinegéticas y preceptos recogidos en la Orden de vedas de la temporada 2007-2008, según ha informado la organización ecologista en nota de prensa.

Entre ellos destaca la denuncia de la ilegalidad de la media veda. A este respecto, el Tribunal declara ilegal esta práctica cinegética que se realiza todos los años entre el 15 de agosto y el 15 de septiembre y que afecta a las especies paloma torcaz, tórtola común y codorniz.

Se estima plenamente en este tema la demanda de Ecologistas en Acción, por no existir ningún dato que acredite que ´la densidad de las poblaciones (de las especies que se cazan en media veda) permita su aprovechamiento sostenible´ ni informe que acredite por parte de la Consejería de Agricultura y Medio Ambiente que ´la fijación de estos períodos se realice de acuerdo con el ciclo biológico de las especies y su fenología provincial´.

Al contrario, la sentencia da por válidos los peritajes aportados por Ecologistas en Acción y que demuestran que, en contra de la normativa europea y estatal vigente, el período hábil de caza de la codorniz, tórtola común y paloma torcaz en la media veda coincide con la fase final de la época de reproducción de estas especies en Castilla-La Mancha. Y que en el caso concreto de la tórtola común y de la codorniz el estado de las poblaciones no permite un aprovechamiento cinegético sostenible.

INCREMENTO DE LA CAZA FURTIVA

Ecologistas en Acción considera que esta sentencia tiene una ´notable importancia´ por cuanto debe conducir a la desaparición de la media veda y ya es firme en este aspecto. Una modalidad cinegética, según Ecologistas, que no sólo es ´ilegal e insostenible´ sino que da lugar todos los años a un incremento ´muy notable´ de caza furtiva de especies protegidas. La organización ha alertado que durante la media veda es la época del año cuando más rapaces y otras especies protegidas son abatidas por disparos de cazadores ´desaprensivos´.

La organización ecologista se ha dirigido a la Consejería de Agricultura y Medio Ambiente solicitando que las disposiciones firmes de la sentencia se incorporen a la nueva orden de vedas actualmente en fase de elaboración.

Por otra parte, el Tribunal también declara nula de pleno derecho la corrección de errores publicada en el D.O.C.M. nº 173, de 20 de agosto de 2007 por la que se ampliaba el cupo de piezas cazables en los terrenos libres. De nuevo el Tribunal admite plenamente los postulados de esta asociación reconociendo que lo que se ocultaba tras la apariencia de una corrección era en realidad una modificación sustancial de la orden de vedas a la que se hurtó de una adecuada tramitación administrativa.

Finalmente, el Tribunal inadmite la parte del recurso de Ecologistas en Acción contra la práctica de la perdiz con reclamo, pues señala que no se ha acreditado que sea contraria a la normativa interna o comunitaria. La organización espera que esta cuestión sea corregida en el Tribunal Supremo ante el cual ha interpuesto recurso de casación por este motivo concreto".

Publicado el 10 de marzo de 2011 a las 18:00.

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José Juan Taboada

José Juan Taboada

Nací en Salamanca en 1970 y me crié en Extremadura en el seno de una familia en la que nadie en absoluto cazaba. Pese a ello, me inculcaron el amor y respeto por la naturaleza y el mundo rural del que procedo. Viví en Villanueva de la Serena (Badajoz) hasta el verano de 1988, momento en el que me trasladaron a Valladolid. En la actualidad soy director de Castilla y León y de Valladolid del Grupo de Comunicación Gente.

Amante de la caza, pero sobre todo del tiro certero en justa lid. Me gusta cazar solamente lo que me voy a comer, en compañía o en soledad. Un día de caza es un día agradable de paseo por el monte, el páramo o la ribera, o bien un día que comienza con unas migas para, tras unas horas de quietud y silencio en el puesto, terminar con una fraternal comida con un buen guiso casero. Magnífico día si hay abate pero, si no ha sido así, la jornada no habrá desmerecido porque eso habrá querido decir que los animales han sido más listos o rápidos que uno mismo.

El blog pretende ser una zona de intercambio de conocimientos cinegéticos, así como de opiniones relacionadas con el mundo de la caza, abarcando todas las modalidades: caza menor, caza mayor, con galgos, cetrería, con arco y caza internacional, sin olvidar todo el mundo que rodea a esta actividad considerada deporte para algunos y entretenimiento para otros. Intentamos crear un espacio para conocer también los últimos avances en productos y materiales relacionados con las artes cinegéticas.

 

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