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Blog de José Juan Taboada

De caza

Más vale tarde que nunca, sobre todo si 'a la fuerza ahorcan'

Archivado en: Orden de veda, Castilla y León, Nuevo Decreto

Tras la sentencia del TSJ de Castilla y León la pasada semana, por la que se declaraba nula la orden de veda, la Junta ha puesto los pies en polvorosa ante la que se le venía encima. En Consejo de Gobierno extaordinario ha aprobado el decreto que plasma los principios de la Directiva europea en cuyo incumplimiento se basaba la sentencia.

Aquí reproduzco la nota de prensa enviada hoy miércoles a las 14:00 horas por la Junta de Castilla y León:

"El Consejo de Gobierno ha aprobado, en reunión extraordinaria, el Decreto por el que se regula la conservación de las especies cinegéticas, su aprovechamiento sostenible y el control poblacional de la fauna silvestre. El nuevo Decreto plasma jurídicamente los principios de protección recogidos en la Directiva 2009/147/CE del Parlamento Europeo -relativa a la conservación de aves silvestres, y conocida como 'Directiva Aves'-, y en el Convenio de Bonn relativo a la conservación de las especies migratorias de animales silvestres.

El texto define reglamentariamente el concepto de especie cinegética, especie cazable, caza, control poblacional, caza intensiva, sueltas para competiciones. Especifica además las especies cinegéticas de Castilla y León, actualizando el listado del Decreto 172/1998. La nueva norma regula, tal y como propone la Directiva Europea, el establecimiento de los periodos donde el aprovechamiento cinegético de la avifauna es posible, al no coincidir con la época de cría o reproducción ni con la migración prenupcial, basado en los estudios y documentos orientativos que la Comisión Europea (elaborados por el Comité Ornis (órgano asesor de la Comisión en materia de 'Directiva Aves'-). Define los supuestos de adopción de medidas excepcionales de control poblacional fuera de la época de caza-fuera del periodo hábil-.

El nuevo Decreto recoge además un desarrollo reglamentario de armas, arcos, perros, cetrería, hurones y de las modalidades de caza. También establece un régimen de control de perros asilvestrados y de especies no cinegéticas y regula el anillamiento y marcaje de fauna silvestre. Asímismo regula además la tenencia de ejemplares de especies cinegéticas en cautividad, comercialización y movimientos de fauna silvestre. Y finalmente actualiza la valoración de las piezas de caza que estaba sin actualizar desde 1985.


DECRETO PARTICIPATIVO


La elaboración del Decreto se inició en 2008, con el informe de un primer borrador del Consejo de Caza de Castilla y León, en su sesión extraordinaria de 16 de febrero de 2009. Se solicitó que se hicieran las aportaciones oportunas.En sesiones ordinarias sucesivas se presentó un segundo borrador más elaborado y que concretaba las sugerencias efectuadas. Con el fin de lograr el máximo consenso de los diferentes colectivos afectados, el proyecto de Decreto se sometió a información pública el 23 de agosto de 2011. La nueva redacción del proyecto ha recogido las alegaciones aceptadas.


ESTRUCTURA DEL DECRETO

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
Artículo 1º. Objeto, ámbito de aplicación y definiciones.
TÍTULO I. Medios, modalidades, limitaciones y seguridad en el ejercicio de la caza.
CAPITULO I.- Medios de caza.
CAPITULO II.- Modalidades de caza.
CAPITULO III.- Zonas de adiestramiento de perros y aves de cetrería. Competiciones y exhibiciones.
CAPITULO IV.- Seguridad en la caza.
TÍTULO II. Protección de las especies cinegéticas y periodos de caza.
TÍTULO III. Control poblacional y otras capturas.
TÍTULO IV. Comercialización, movimientos de fauna silvestre y valoración de especies cinegéticas a efectos de indemnización.
DISPOSICION ADICIONAL
DISPOSICIONES DEROGATORIAS
DISPOSICIONES FINALES
ANEXO I. Periodos de reproducción y de migración prenupcial de las aves cinegéticas."


 

Publicado el 23 de noviembre de 2011 a las 16:45.

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El TSJ invalida parte del articulado de la Orden de Veda de Castilla y León

Archivado en: Orden de veda, Castilla y León, Ecologistas en Acción

El director general de Calidad y Sostenibilidad Ambiental de la Consejería de Fomento y Medio Ambiente, José Manuel Jiménez, ha defendido hoy la vigencia de la actual Orden General de Vedas, pese a la existencia de un auto del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León que ha resuelto suspender parte de su articulado, y ha invitado a los amantes de la caza a salir al campo este fin de semana.

Aunque el colectivo Ecologistas en Acción ha difundido hoy la resolución de la Sala de los Contencioso Administrativo del TSJCyL, Jiménez, en declaraciones recogidas por Europa Press, ha asegurado que la Consejería no ha recibido aún notificación oficial alguna del órgano judicial competente y que tan sólo tienen referencias a través de los medios de comunicación.

Ante ello, el responsable de Medio Ambiente ha insistido en que "la Orden General de Vedas mantiene su plena vigencia" y, en consecuencia, se ha dirigido a los cazadores para que, si así lo desean, practiquen este fin de semana el arte cinegético con "absoluta tranquilidad".

ECOLOGISTAS EN ACCIÓN

Este es el comunicado aparecido en la web de la organización ecologista:

"Ecologistas en Acción reclama a la Junta de Castilla y León una norma que regule la actividad cinegética con criterios de sostenibilidad, conforme a la Directiva Comunitaria de Aves.

La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León con sede en Valladolid ha acordado, mediante Auto 1026/2011, la suspensión, como medida cautelar, de los artículos 2.1, 3, 6.1 y 9.1 de la Orden MAM/867/2011, de 24 de junio, por la que se aprueba la Orden Anual de Caza, durante la tramitación y resolución definitiva del recurso promovido por Ecologistas en Acción de Castilla y León.

Esta misma Sala, como precedente jurisdiccional, ya dictó el 18 de abril de 2008 la Sentencia nº 642 contra la Orden de 27 de julio de 2002 por la que aprobaba la Orden Anual de Caza de ese año, declarando nulos de pleno derecho los mismos artículos, que en su contenido eran idénticos a los suspendidos por el Auto actual. El motivo de la anulación judicial era la ausencia de un marco normativo superior que tenga en cuenta los conocimientos científicos sobre los periodos de reproducción y migración de las especies a las que se puede cazar, conforme a la Directiva comunitaria de Aves.

Los responsables de la Consejería de Medio Ambiente, lejos de cumplir los postulados del Tribunal, han seguido dictando, con contumacia reiterativa y con pleno conocimiento desde entonces, Ordenes anuales de caza con los mismos artículos y contenidos iguales a los declarados nulos de pleno derecho.

Ecologistas en Acción como miembro del Consejo Caza de Castilla y León, año tras año ha reiterado la obligatoriedad de la Consejería de cumplir las resoluciones judiciales, con sometimiento pleno a la Ley y al Derecho para servir con objetividad a los intereses generales.

La trascendencia del auto, de obligado e inmediato cumplimiento, conlleva la suspensión del artículo 2.1, excluyendo como especies cazables todas las especies enumeradas para la caza menor. Por tanto, la temporada de la caza menor en Castilla y León, que finaliza el último domingo de enero, queda suspendida desde este fin de semana hasta que se dicte resolución judicial.

Para la medida cautelar solicitada en la media veda, artículo 6.1 y 3, la suspensión ya llega tarde, al haber concluido su periodo hábil:

    * Al periodo de indefensión de las especies a consecuencia de la sequia, se suman los datos alarmantes de población para especies como la tórtola europea, que ha disminuido un 39% en la zona centro, la codorniz con una disminución del 53%, según los datos de SEO/Birdlife 2009/2010 del Programa de Seguimiento del Ministerio de Medio Ambiente y Medio Rural y Marino.

    * Unos cupos establecidos por cazador y día de 35 piezas para la codorniz y 8 para la tórtola muestran con crudeza una gestión totalmente ajena a criterios de sostenibilidad en la práctica cinegética.

Por último, el TSJ anula el artículo 9.1 de la citada Orden, de control de las especies cinegéticas que puedan ocasionar daños importantes a cultivos, ganado, bosques, caza, pesca, especies protegidas, instalaciones, o a la salud y seguridad de las personas, para las especies: estornino pinto, urraca, grajilla y corneja.

Las resoluciones judiciales exigen el establecimiento de un régimen general mediante una norma con rango adecuado de conformidad con la Directiva Comunitaria de Aves, que respete las exigencias de publicidad, claridad y de certidumbre en el procedimiento de concesión de las excepciones.

La Junta de Castilla y León puede autorizar la captura o muerte de las aves de la Directiva fuera de la temporada de caza por una serie limitada de razones, para no convertir en general lo excepcional. Sin embargo, las excepciones sólo pueden aplicarse cuando no exista ninguna solución alternativa (por ejemplo cazarlas en periodo hábil).

En cumplimiento de la orden judicial, desde este fin de semana no podrá practicarse la caza menor en Castilla y León, hasta el final de la temporada, en enero. Ecologistas en Acción exige el cumplimiento estricto e inmediato del contenido del Auto Judicial, y en caso contrario pedirá al TSJ responsabilidades personales al Consejero de Fomento y Medio Ambiente."

 

FEDERACIÓN DE CAZA DE CASTILLA Y LEÓN

Adjunto el comunicado de la Federación:

"En relación a las noticias aparecidas en los distintos medios de comunicación como consecuencia del auto dictado por el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León en relación al acuerdo de suspender, como medida cautelar, determinados artículos de la vigente Orden, que afectan a la caza menor, esta Federación quiere trasladar el siguiente comunicado a todos los cazadores.

1.      Esta Resolución no es firme sino que “contra ella cabe cabe interponer recurso de casación ante el Tribunal Supremo, que se preparará ante esta Sala (Tribunal Superior), con interposición de recurso de súplica”.

Esta Federación ya ha instado a la Junta de Castilla y León a presentar este recurso.

2.    La actividad cinegética de la caza menor, en todo caso, queda garantizada mientras la Administración no ejecute esta medida cautelar, previa publicación, en su caso, de las normas que sean necesarias en el Boletín Oficial de Castilla y León.

3.     La caza mayor no se ve ni se verá en absoluto afectada por este auto.

4.     Debe quedar claro que los culpables de esta situación son, en primer lugar el grupo ecologista que ha promovido este proceso, que disponiendo de presencia en los foros cinegéticos adecuados para plantear cualquier cuestión para la gestión de la caza, han utilizado la vía judicial, y en segundo lugar la propia Junta de Castilla y León por su negligencia en la regulación normativa de los asuntos cinegéticos y en el acatamiento de sentencias judiciales.

5.   Que en ningún caso esta situación viene provocada por actuaciones de los cazadores, único colectivo perjudicado por esta situación de incertidumbre, por la negligencia de unos y mala fe de otros.

6.   Esta Federación reclamará a la Consejería de Medio Ambiente las actuaciones necesarias para evitar los posibles efectos negativos sobre la actividad cinegética que pueda provocar esta situación y dar una solución definitiva a un asunto que no se puede consentir en el futuro."

 

Publicado el 19 de noviembre de 2011 a las 12:15.

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José Juan Taboada

José Juan Taboada

Nací en Salamanca en 1970 y me crié en Extremadura en el seno de una familia en la que nadie en absoluto cazaba. Pese a ello, me inculcaron el amor y respeto por la naturaleza y el mundo rural del que procedo. Viví en Villanueva de la Serena (Badajoz) hasta el verano de 1988, momento en el que me trasladaron a Valladolid. En la actualidad soy director de Castilla y León y de Valladolid del Grupo de Comunicación Gente.

Amante de la caza, pero sobre todo del tiro certero en justa lid. Me gusta cazar solamente lo que me voy a comer, en compañía o en soledad. Un día de caza es un día agradable de paseo por el monte, el páramo o la ribera, o bien un día que comienza con unas migas para, tras unas horas de quietud y silencio en el puesto, terminar con una fraternal comida con un buen guiso casero. Magnífico día si hay abate pero, si no ha sido así, la jornada no habrá desmerecido porque eso habrá querido decir que los animales han sido más listos o rápidos que uno mismo.

El blog pretende ser una zona de intercambio de conocimientos cinegéticos, así como de opiniones relacionadas con el mundo de la caza, abarcando todas las modalidades: caza menor, caza mayor, con galgos, cetrería, con arco y caza internacional, sin olvidar todo el mundo que rodea a esta actividad considerada deporte para algunos y entretenimiento para otros. Intentamos crear un espacio para conocer también los últimos avances en productos y materiales relacionados con las artes cinegéticas.

 

Enlaces

Revisión de estilo hecha por VERBA BONA

www.cazalia.com

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