viernes, 19 de abril de 2024 15:01 www.gentedigital.es facebook twitter

Gente en Burgos

Logotipo diario gente
Kiosko. Portadas de periódicos

El TSJCyL ratifica que San Leonardo de Yagüe (Soria) podrá mantener su 'apellido'

Absuelve, sin embargo, al recurrente del pago de las costas

aumentar texto reducir texto imprimir enviar noticia comentar

20/6/2017 - 11:00

Absuelve, sin embargo, al recurrente del pago de las costas

BURGOS, 20 (EUROPA PRESS)

La Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, con sede en Burgos, ha confirmado la sentencia del Juzgado Contencioso Administrativo de Soria que inadmitió la demanda interpuesta por el letrado Eduardo Ranz Alonso contra el Ayuntamiento de San Leonardo de Yagüe (Soria) para que dicha localidad excluyera el segundo de ambos términos del patronímico de la localidad.

La sentencia, según informaron a Europa Press fuentes del TSJCyL, confirma el fallo anterior, de idéntico tenor, del Juzgado Contencioso Administrativo de Soria que rechazó la demanda interpuesta por el letrado Eduardo Ranz Alonso que exigía, en aplicación de la Ley de Memoria Histórica, la retirada del término Yagüe que acompaña al nombre del municipio de San Leonardo, al considerar que el demandante no tiene ninguna vinculación con dicho municipio y carece de legitimación activa, es decir, no acredita un interés legítimo que fundamente sus peticiones.

El Juzgado analizó también qué habría ocurrido de no haberse estimado esta falta de legitimación y concluyó que se habría desestimado igualmente la demanda, mientras que en relación con el nombre del municipio la sentencia de primera instancia precisaba que se hallaba amparado por el art. 15.2 de la Ley de Memoria Histórica ya que el acuerdo del pleno del Ayuntamiento de 2016 no contenía ninguna exaltación de la sublevación militar, Guerra Civil o represión de la dictadura, sino que obedecía a la acción llevada a cabo por Juan Yagüe en su pueblo.

Pese a la desestimación del recurso por parte de Ranz, la nueva sentencia del TSJCyL revoca parcialmente el primer fallo en lo relativo a la imposición de costas, de las que ha sido absuelto finalmente el apelante.

El letrado Eduardo Ranz, tras tener conocimiento del fallo a través de los medios de comunicación pues asegura que aún no se le ha notificado oficialmente, se congratula por el hecho de haber sido absuelto del pago de las costas, entiende que el tono del mismo es "mucho más correcto y respetuoso" sobre su trabajo, en contraposición con lo declarado por el juez único de Soria, y advierte en cualquier caso que "los fanáticos del general Yagüe han ganado, parcialmente, de momento".

añadir a meneame  añadir a freski  añadir a delicious  añadir a digg  añadir a technorati  añadir a yahoo  compartir en facebook  twittear 
Gente Digital en Facebook

Grupo de información GENTE · el líder nacional en prensa semanal gratuita según PGD-OJD
Desarrollado por Tres Tristes Tigres