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El Seprona interviene en Miranda (Burgos) una piel de león y su cabeza naturalizada

La Guardia Civil ha intervenido una cabeza naturalizada de león y su piel en Miranda de Ebro (Burgos) y ha denunciado a un varón de 69 años por su tenencia ilícita, al no presentar documentación alguna que amparara su procedencia, han informado a Europa Press fuentes del Instituto Armado.

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06/11/2017 - 13:36


MIRANDA DE EBRO (BURGOS), 6 (EUROPA PRESS)

La Guardia Civil ha intervenido una cabeza naturalizada de león y su piel en Miranda de Ebro (Burgos) y ha denunciado a un varón de 69 años por su tenencia ilícita, al no presentar documentación alguna que amparara su procedencia, han informado a Europa Press fuentes del Instituto Armado.

Los hechos se produjeron el sábado, 4 de noviembre, cuando una patrulla del Servicio de Protección a la Naturaleza (Seprona) de la Guardia Civil de Miranda de Ebro detectaba la presencia de un vehículo parado en las proximidades de la Casa Cuartel de esta localidad, por lo que decidieron interesarse por el motivo de la parada, motivo por el que identificaron a los ocupantes.

En esta actuación, un somero registro visual al maletero del vehículo permitió descubrir una caja y una bolsa de la que asomaba lo que parecía una piel de animal.

Una vez abiertas se comprobó la existencia de una cabeza de león africano (Panthera leo) naturalizada por taxidermia y una piel de cuerpo entero perteneciente al mismo animal.

Solicitada la documentación necesaria que autoriza su lícita tenencia y/o justifica el origen del animal no pudo mostrarla por carecer de ella.

El propietario aludió que ambas piezas provenían de una antigua herencia y que su intención era venderlos, si bien no pudo aportar justificante al respecto de su antigüedad y procedencia.

Ambos especímenes han sido intervenidos y se ha confeccionando denuncia a su propietario por infracción a la Ley de Protección de Contrabando.

NORMATIVA ESPAÑOLA

La Guardia Civil ha recordado que en España la normativa aplicable en relación al comercio internacional de especies amenazadas de fauna y flora silvestre (CITES) viene recogida en la Ley de Contrabando, el Código Penal y las leyes de las comunidades autónomas.

Está totalmente prohibida la importación, exportación, comercio, tenencia o circulación de géneros estancados o prohibidos y de especímenes de fauna y flora silvestres CITES sin cumplir los requisitos legalmente establecidos, debiendo demostrar su lícita adquisición, tenencia o importación.

En este sentido, la compra de especímenes, su utilización con fines comerciales, la presentación al público a efectos comerciales, la tenencia para la venta, la puesta en venta o el transporte a efectos de venta careciendo del certificado o documento habilitante correspondiente se considera ilegal.

Puede acarrear en el caso de delito penas de prisión, multas y comiso de los bienes o mercancías, en tanto que en el supuesto de infracciones administrativas multas y comiso de los efectos.
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