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Condenado a diez años de prisión un hombre por agredir sexualmente a una mujer a la que abordó en la calle

La Audiencia Provincial de Burgos ha condenado a un hombre, cuya identidad responde a las iniciales C.I, a diez años de prisión por agredir sexualmente a una mujer a la que abordó en una calle de la capital burgalesa en 2016, según ha informado el Gabinete de Comunicación del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (TSJCyL) a través de un comunicado recogido por Europa Press.

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08/2/2019 - 17:21


BURGOS, 8 (EUROPA PRESS)

La Audiencia Provincial de Burgos ha condenado a un hombre, cuya identidad responde a las iniciales C.I, a diez años de prisión por agredir sexualmente a una mujer a la que abordó en una calle de la capital burgalesa en 2016, según ha informado el Gabinete de Comunicación del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (TSJCyL) a través de un comunicado recogido por Europa Press.

La Sala ha tenido en cuenta el agravante de reincidencia, ya que el hombre había sido condenado en 2012 a tres años y nueves meses de cárcel por otras tres agresiones sexuales consumadas y una cuarta en grado de tentativa, una pena que acabó de cumplir en 2015.

La agresión se produjo de madrugada en plena calle cuando el hombre se acercó a la víctima, que entonces tenía 44 años, mientras la besaba y la tocaba, trataba de llevarla hacia un descampado cercano pese a la oposición de ella.

El agresor la tiró finalmente al suelo y, tras arrancarla parte de la ropa, comenzó a tocarle las partes íntimas, algo que sólo dejó de hacerlo cuando varios vecinos, ante los gritos de la mujer, salieron a la ventana y comenzaron a increpar al hombre.

Por todo ello, y teniendo en cuenta los antecedentes, la Sección Primera de la Audiencia Provincial de Burgos le ha impuesto también la prohibición a acercarse a la víctima a menos de 500 metros y de comunicarse con ella en once años.

La sentencia, asimismo, le condena a pagar una indemnización de 6.300 euros a la víctima en concepto de indemnización y dicta su expulsión del territorio nacional, una vez haya cumplido dos tercios de la pena impuesta o disfrute del tercer grado o de libertad condicional.

En relación a esto, la Sala de la Audiencia Provincial ha concluido que, una vez ejecutada la expulsión, no podrá regresar a España durante un periodo de diez años.
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