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TSJCyL ratifica 14,5 años de prisión por abuso sexual continuado de una menor a la que prostituyó en Burgos

El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (TSJCyL) ha ratificado la condena a 14,5 años de prisión a un joven acusado de un delito continuado de abuso sexual sobre una menor que tenía 15 años, con la que mantuvo una relación, y a la que prostituyó para obtener dinero con el argumento de irse a vivir juntos cuando ésta residía en un centro de menores.

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16/7/2019 - 13:12


BURGOS, 16 (EUROPA PRESS)

El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (TSJCyL) ha ratificado la condena a 14,5 años de prisión a un joven acusado de un delito continuado de abuso sexual sobre una menor que tenía 15 años, con la que mantuvo una relación, y a la que prostituyó para obtener dinero con el argumento de irse a vivir juntos cuando ésta residía en un centro de menores.

El fallo de la Sala de lo Civil y Penal, a la que tuvo acceso Europa Press en fuentes del TSJCyL, ratifica la pena que la Audiencia Provincial de Burgos impuso en sentencia de abril de este año, en la que condenó al joven, de nacionalidad búlgara, a diez años y un día de prisión por un delito continuado de abuso sexual, con penetración vaginal, a menor de 16 años; cuatro años más por otro delito relativo a la prostitución y corrupción de menores; y a seis meses de cárcel por otro de quebrantamiento de condena, al incumplir una orden de alejamiento de la menor que impuso un juzgado burgalés.

De la misma forma, la sentencia que ahora se ratifica, condenó a S.S.V. a no acercarse a la víctima, su domicilio, lugar de estudio o trabajo o cualquier otro que frecuente a menos de 500 metros, así como a comunicarse con ella por cualquier medio durante 20 años. De la misma forma, se impuso libertad vigilada por un periodo de diez años a cumplir una vez extinguidas las penas privativas de libertad y el pago de una indemnización de 6.000 euros a la menor por daños morales. Sin embargo, se absolvió al individuo de un delito de maltrato, dentro del ámbito de la violencia de género, al no considerarse probado.

Los hechos se produjeron entre junio de 2017 y el 18 de enero de 2018, día en el que fue detenido S.S.V, que contaba con 21 años en aquella fecha (ahora 23), quien en ese tiempo mantuvo una relación sentimental con la menor y convivió ocasionalmente con ella (en periodos comprendidos entre julio y septiembre de 2017).

La menor estaba bajo la tutela de la Junta de Castilla y León y, además de la edad de 15 años, presenta unos factores "de especial vulnerabilidad" y de "dependencia emocional" con sus posibles parejas debido a las carencias afectivas vividas en su infancia y además tiene una madurez intelectual "propia de una niña de doce o trece años" y rasgos pueriles o infantiles en su comunicación con los demás "fácilmente apreciables" por una persona que estuviese en contacto con ella.

RELACIONES CON LA MENOR

A lo largo de la relación sentimental, según se recogió en la sentencia de la Audiencia, tanto el acusado como la menor mantuvieron relaciones sexuales, consentidas por ambos y completas, a pesar de que el individuo tenía pleno conocimiento de la edad de la víctima, de lo que informaron la propia progenitora, educadoras del centro en el que estaba internada y los profesores de aquel en el que estudiaba.

Además, el joven también sabía el centro menores en el que se encontraba la menor, ya que había llamado preguntado por ella y había acudido al mismo a buscarla "llamándola a gritos" para que se fugara, además de haber ido a buscar a la menor a la salida de clase o en los recreos.

También durante el tiempo que mantuvieron la relación S.S.V. propuso a la menor prostituirse, a lo que ésta accedió, con el fin de obtener dinero para poder vivir juntos. Para ello, con la ayuda del acusado, se anunció entre agosto y septiembre de 2017, como mayor de edad y con diversas fotografías, y ofreció sus servicios sexuales bajo diversos nombres pero siempre con un teléfono de contacto cuya titularidad era del acusado.

Así, se considera probado que ejerció la prostitución durante en un hostal --para lo que el individuo alquiló una habitación-- entre al menos los días 9 y 13 de septiembre, cuando fue localizada por la policía, ya que se había fugado del centro de menores, a donde fue reintegrada.

A pesar de que un juzgado de Burgos dictó una orden de protección y prohibió a S.S.V. acercarse a 500 metros de la menor, a su domicilio o lugar de estudio y la prohibición de comunicarse con ella, el individuo "de forma consciente y voluntaria" mantuvo comunicaciones y encuentros con la menor, que en la madrugada del 18 de enero (día de la detención del acusado) llegó a escaparse en tres ocasiones del centro de menores para encontrarse con el individuo y otras tantas veces fue localizada por la policía.

Sin embargo, la absolución de un delito de maltrato al no quedar acreditado que el acusado atentara contra la integridad física de la menor y la insultase cuando consideraba que el dinero obtenido mientras ejercía la prostitución no se correspondía con el tiempo que había permanecido con algún cliente.
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