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Economía.-Turismo.-Junta declara como Zona de Gran Afluencia Turística todo el municipio de Cádiz hasta 2022

La Consejería de Economía, Conocimiento, Empresas y Universidad de la Junta de Andalucía ha declarado como Zona de Gran Afluencia Turística (ZGAT) al municipio completo de Cádiz, una catalogación que permite a los establecimientos comerciales de la capital tener plena libertad para la designación de los días y los horarios de apertura durante los periodos de la Fiesta del Carnaval y los meses de abril, mayo, septiembre, octubre y noviembre y ha anunciado que la declaración "tendrá una vigencia de cuatro años -hasta 2022-, aunque se revisará anualmente a fin de comprobar que las exigencias se siguen manteniendo".

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13/8/2019 - 14:21


CÁDIZ, 13 (EUROPA PRESS)

La Consejería de Economía, Conocimiento, Empresas y Universidad de la Junta de Andalucía ha declarado como Zona de Gran Afluencia Turística (ZGAT) al municipio completo de Cádiz, una catalogación que permite a los establecimientos comerciales de la capital tener plena libertad para la designación de los días y los horarios de apertura durante los periodos de la Fiesta del Carnaval y los meses de abril, mayo, septiembre, octubre y noviembre y ha anunciado que la declaración "tendrá una vigencia de cuatro años -hasta 2022-, aunque se revisará anualmente a fin de comprobar que las exigencias se siguen manteniendo".

La Consejería, a través de una nota, ha informado que dicha resolución, que se publicará en los próximos días en el BoletínOficial de la Junta de Andalucía (BOJA), "se adopta tras el informe favorable del Consejo Andaluz de Comercio".

La declaración se concede atendiendo a los requisitos recogidos en el Decreto 2/2014 por el que "se regulan los criterios que rigen las ZGAT a efectos de horarios comerciales". De acuerdo con dicha normativa, es exigible para establecer una Zona de Gran Afluencia Turística en un municipio que éste posea más de 100.000 habitantes (Cádiz posee 116.679 según el INE), que haya registrado más de 600.000 pernoctaciones al año inmediatamente anterior, o que cuente con puertos en los que operen cruceros turísticos que hayan recibido en ese ejercicio precedente más de 400.000 pasajeros (el pasado 2018, acogió a 424.900 visitantes).

Atendiendo a estos últimos datos de cruceristas, la Junta de Andalucía "delimita temporalmente los beneficios comerciales asociados a las ZGAT a cinco meses del año, por ser los de mayor afluencia de pasajeros, que descienden considerablemente en el resto del año".

Así, en los meses de abril, mayo, septiembre, octubre y noviembre seacumulan "más del 62% de este tipo de pasajeros recibidos durante 2018, lo que equivale a 264.983 turistas".

Junto a estos meses, la Junta también incluye en esa calificación la Fiesta de Carnaval, declarada 'Fiestas de Interés Turístico Internacional' y que constituye una de los "principales atractivos de la capital por su poder de convocatoria de visitantes".

Desde el punto de vista espacial, la resolución ha extendido la declaración "a todo el municipio de Cádiz", al entenderse que "tanto los comercios como los alojamientos hoteleros y apartamentos están distribuidos de forma homogénea en todos los códigos postales que existen en la ciudad, no existiendo diferencias significativasentre las distintas zonas de un término tan singular como la capital".

Además, los bienes incluidos en el legado patrimonial de los lugares vinculados a la Constitución de 1812 -reconocidos como Sitio Histórico e inscritos en el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz- se localizan a lo largo de todo el territorio municipal.

Asimismo, se han tenido en cuenta en la catalogación como Zona de Gran Afluencia Turística otros aspectos que cumplen con los requisitos establecidos en el Decreto 2/2014, entre los que destaca la existencia en la ciudad gaditana de un área que ejerce un "gran atractivo para el turismo de compras" como es el Centro Comercial Abierto-Cádiz Centro, ubicado en el casco histórico.

Con esta resolución, la Consejería de Economía, Conocimiento, Empresas y Universidad "da cumplimiento a la normativa reguladora en esta materia y a las tesis establecidas por el Tribunal Supremo", en el que "no se justifica la exclusión de ZGAT a áreas que dan cumplimiento a los requisitos citados con anterioridad ni se amplía el periodo aplicable a periodos de menor afluencia turística de la requerida".

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