Tribunales.-TSJA confirma siete años de cárcel para un empleado de un centro asistencial por abusos a una interna
El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha confirmado la sentencia dictada por la Sección Octava de la Audiencia de Provincial de Cádiz que condena a un hombre a siete años y un día de prisión por abusos sexuales a una interna de una residencia-centro asistencial que tenía diagnosticado y reconocido retraso mental ligero y un grado de discapacidad del 65%.
02/10/2024 - 12:18
CÁDIZ, 2 (EUROPA PRESS)
El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha confirmado la sentencia dictada por la Sección Octava de la Audiencia de Provincial de Cádiz que condena a un hombre a siete años y un día de prisión por abusos sexuales a una interna de una residencia-centro asistencial que tenía diagnosticado y reconocido retraso mental ligero y un grado de discapacidad del 65%.
Según la sentencia, recogida por Europa Press, los hechos ocurrieron en septiembre de 2018 cuando el acusado, trabajador en el centro y que "conocía la discapacidad intelectual" de la víctima y que "era fácilmente enamoradiza", se fue acercando a ella con la excusa de arreglarle un dispositivo electrónico que tenía estropeado y entabló conversación "hasta el punto de convencerla de que estaba enamorado de ella y que iba a dejar a su mujer y sacarla del centro para irse a vivir" juntos.
A partir de ahí, según los hechos probados de la sentencia, se produjeron en tres días seguidos tres episodios de abuso sexual, que fueron descubiertos después de que la víctima se lo contara a otro trabajador del centro que la notó nerviosa y se puso a llorar al preguntarle qué le pasaba.
Los hechos fueron comunicados a la dirección del centro, cuya directora tras escuchar a todas las partes en su despacho, incluyendo a la víctima asegurar delante del acusado que él sabía que era verdad lo que estaba contando, expulsó del centro al trabajador, que fue condenado a siete años y un día por un delito continuado de abuso sexual.
La sentencia fue recurrida ante el TSJA, alegando la defensa del condenado que se vulnera el derecho fundamental de la presunción de inocencia y sostener que el testimonio de la víctima no es creíble ni verosímil y que carece de corroboraciones externas, lo cual ha sido desestimado por el alto tribunal andaluz.