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CaixaBank deberá contar en 2021 con un volumen mínimo de fondos propios y pasivos del 10,56%

CaixaBank deberá contar a partir del 31 de diciembre de 2020 con un volumen mínimo de fondos propios y pasivos admisibles a nivel consolidado del 10,56% del total de pasivos y fondos propios consolidados calculados a 31 de diciembre de 2018, y un 7,80% del total de pasivos y fondos propios consolidados (TLOF) deberá cumplirse con instrumentos subordinados.

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05/6/2020 - 19:44


BARCELONA, 5 (EUROPA PRESS)

CaixaBank deberá contar a partir del 31 de diciembre de 2020 con un volumen mínimo de fondos propios y pasivos admisibles a nivel consolidado del 10,56% del total de pasivos y fondos propios consolidados calculados a 31 de diciembre de 2018, y un 7,80% del total de pasivos y fondos propios consolidados (TLOF) deberá cumplirse con instrumentos subordinados.

Así lo ha notificado el Banco de España formalmente a la entidad, después de que la Junta Única de Resolución (JUR) haya determinado este requisito mínimo de fondos propios y pasivos admisibles (MREL).

Este requisito sustituye al que resultaba de aplicación anteriormente y que fue comunicado mediante hecho relevante el 24 de abril de 2019.

El requisito de MREL Total a nivel consolidado, expresado en términos de activos ponderados por riesgo (APRs) calculados a 31 de diciembre de 2018, ascendería al 22,70%, mientras que el requisito de MREL Subordinado sería el 16,77% expresado en términos de APRs

La entidad ha informado a la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) de que a 31 de marzo de 2020, su ratios expresados como porcentaje sobre los activos ponderados por riesgo eran del 22,6% para el MREL Total y del 19,6% para el MREL Subordinado.

Esta decisión se basa en la legislación vigente en cada momento y está sujeta a modificaciones por parte de las autoridades de resolución, en particular, en lo relativo a la entrada en vigor el 28 de diciembre de 2020 de la Directiva de Recuperación y Resolución Bancaria (BRRD 2).

En este sentido, en respuesta a la Covid-19, la JUR ha manifestado su intención de adoptar un enfoque prospectivo en relación a los requerimientos MREL actualmente existentes, y adicionalmente ha manifestado que para el ciclo de resolución 2020 las decisiones serán tomadas teniendo en consideración los periodos transitorios entre 2022 y 2024 establecidos en BRRD 2.

La compañía ha explicado que el requisito de MREL establecido coincide con sus previsiones y que su consecución está recogida en el plan de financiación a largo plazo, de forma que permita cumplir los requisitos MREL de forma confortable en las fechas en que vayan entrando en vigor.
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