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El TSJA exime de prisión a los primeros nueve migrantes condenados por liderar un salto en grupo a la valla de Ceuta

La Sección de Apelación de la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha estimado los recursos presentados por las defensas de los primeros nueve migrantes condenados por liderar la planificación y organización de un salto en grupo sobre la valla de Ceuta, a quienes se impuso en octubre una pena de un año y medio de prisión que el Alto tribunal andaluz ha entendido improcedente "si ninguna de las partes acusadoras se pronunció a favor de la misma".

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19/6/2020 - 20:59


CEUTA, 19 (EUROPA PRESS)

La Sección de Apelación de la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha estimado los recursos presentados por las defensas de los primeros nueve migrantes condenados por liderar la planificación y organización de un salto en grupo sobre la valla de Ceuta, a quienes se impuso en octubre una pena de un año y medio de prisión que el Alto tribunal andaluz ha entendido improcedente "si ninguna de las partes acusadoras se pronunció a favor de la misma".

En el auto, a cuyo contenido íntegro ha tenido acceso Europa Press, el TSJA subraya que "las acusaciones se mostraron expresamente conformes con que el ingreso en prisión de los acusados quede en suspenso". Desde su punto de vista "no es asumible" que se dé lugar al cumplimiento efectivo de las penas de cárcel "si ninguna de las partes acusadoras se ha pronunciado a favor", como recoge el fallo adelantado por 'El Foro de Ceuta'.

La sección VI de la Audiencia Provincial de Cádiz les condenó 'in voce' y por conformidad el 15 de octubre de 2019 a 18 meses de prisión como autores criminalmente responsables de sendos delitos de desórdenes públicos y daños durante la entrada en Ceuta, el 26 de julio de 2018, de 602 indocumentados "con fuerza contra las cosas y violencia contra las personas".

La Sala decidió entonces denegar la suspensión condicional de la pena a pesar a ser inferior a dos años de prisión atendiendo a la "organización y planificación" del salto y a los "elementos peligrosos" utilizados contra los guardias civiles y las instalaciones de protección del territorio español. También valoró su "falta de arraigo" y su "ausencia de esfuerzo para reparar el daño causado".

Al margen de la pena de prisión, la sentenció ordenó que hagan frente al pago de un mes de multa con cuota de tres euros diarios por 18 delitos leves de lesiones a otros tantos agentes y de un año a tres euros diarios por el delito de daños.

En concepto de responsabilidad civil se les condenó a abonar "conjunta y solidariamente" casi 11.500 euros a los guardias heridos de diversa consideración, 10.511 euros al Estado por los destrozos causados en el vallado fronterizo, cerca de 500 euros a la Comandancia local de la Benemérita por un terminal estropeado y 3.700 más a la Dirección General del Instituto Armado por la reparación de un vehículo y la ropa y protecciones afectadas.

Según el relato de hechos probados, "sobre las 6,30 horas" y en el marco de "una actuación previamente planeada, con preparación anticipada de objetos e instrumentos peligrosos como hierros, cizallas, lanzallamas en spray, piedras y botes con cal viva y heces" se consumó la "entrada masiva" de "al menos 602 inmigrantes indocumentados procedentes de territorio marroquí" .

"Organizaron a las personas a las que dirigían a fin de que violentaran" con los instrumentos de que disponían, "como cizallas y radiales eléctricas portátiles, facilitados por la organización", el vallado español.

Una vez en Ceuta y "con ánimo de atentar contra el principio de autoridad y de alterar el orden y la paz social para facilitar la entrada del resto de personas que componían los subgrupos", los condenados "dieron las directrices de utilizar la violencia contra los agentes de la Guardia Civil utilizando de nuevo armas e instrumentos de carácter peligroso como lanzallamas caseros, palos, piedras, heces y productos abrasivos".
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