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El TSJA rebaja a la mitad una condena de cárcel por agresión sexual a una niña al aplicarse atenuante de ebriedad

La Sección de Apelación Penal de la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha rebajado aplicando un atenuante de ebriedad de seis a tres años de cárcel la condena impuesta en primera y segunda instancia en Ceuta a un varón que en noviembre de 2018 a primera hora de la tarde inmovilizó a una menor de edad en plena calle contra una pared y, "con ánimo de satisfacer sus deseos sexuales, comenzó a besarla en la boca y en el cuello, tocándole el pecho y las nalgas".

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25/3/2021 - 15:06


CEUTA, 25 (EUROPA PRESS)

La Sección de Apelación Penal de la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha rebajado aplicando un atenuante de ebriedad de seis a tres años de cárcel la condena impuesta en primera y segunda instancia en Ceuta a un varón que en noviembre de 2018 a primera hora de la tarde inmovilizó a una menor de edad en plena calle contra una pared y, "con ánimo de satisfacer sus deseos sexuales, comenzó a besarla en la boca y en el cuello, tocándole el pecho y las nalgas".

El TSJA ha estimado parcialmente el recurso de apelación de H.R., condenado como autor responsable de un delito de agresión sexual, y ha aplicado "la concurrencia de una circunstancia eximente incompleta de intoxicación etílica".

El tribunal ha estimado procedente reducir la pena de prisión en un grado "atendiendo al nivel de embriaguez acreditado", 132,6 mg/dl de alcohol según el análisis de sangre que se le practicó al ser detenido.

"Si bien es lo suficientemente considerable para justificar la toma en consideración de la circunstancia eximente incompleta, no consta que llegara a extremos de tal nivel que aconsejen la doble degradación", argumenta el fallo.

Hasta ahora se había descartado cualquier suerte de atenuación de la pena por no verse probado "si ya en el momento de los hechos se hallaba en estado de intoxicación" alcohólica y porque se apreció "posible" que bebiera "en el lapso de tiempo transcurrido entre el hecho delictivo y la extracción de sangre".

La defensa aspiraba a la absolución completa del individuo, pero el TSJA ha respaldado la credibilidad total del testimonio de una profesora de la niña agredida que "lo sorprendió 'in fraganti' cuando mantenía acorralada a la menor sujetándola y procurándose el contacto físico con ella mediante tocamientos de indiscutible contenido sexual". Además, lo identificó poco después "sin lugar a dudas" cuando el sujeto aún permanecía en las inmediaciones.
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