jueves, 25 de abril de 2024 22:18 www.gentedigital.es facebook twitter

Gente en Córdoba

Logotipo diario gente
Kiosko. Portadas de periódicos

28M.- CCOO subraya que las personas que trabajen el 28M que tienen derecho a permisos retribuidos para votar

La secretaria de Empleo de CCOO de Córdoba, Ana Belén Acaiña, ha indicado que las personas trabajadoras para las que el día 28 de mayo sea laborable "tienen derecho a un permiso retribuido para acudir a las urnas a ejercer su derecho al voto en las elecciones municipales".

aumentar texto reducir texto imprimir enviar noticia comentar

25/5/2023 - 18:52


CÓRDOBA, 25 (EUROPA PRESS)

La secretaria de Empleo de CCOO de Córdoba, Ana Belén Acaiña, ha indicado que las personas trabajadoras para las que el día 28 de mayo sea laborable "tienen derecho a un permiso retribuido para acudir a las urnas a ejercer su derecho al voto en las elecciones municipales".

En este sentido y en una nota, Acaiña ha señalado que la duración del permiso "varía en función de las horas laborales que coinciden con la jornada electoral. De esta forma, si coinciden más de seis horas, el permiso será de cuatro horas, si coincide entre cuatro y seis horas, el permiso será de tres horas, y si coincide de dos a cuatro horas, se podrá disponer de un permiso de dos horas. Por debajo de dos horas de coincidencia, no se contempla permiso", ha detallado.

En cualquier caso, ha continuado, "la empresa puede pedir justificante del tiempo empleado para ir a votar, así como el modelo oficial firmado por el presidente de la mesa", por lo que "es importante que la persona trabajadora que haga uso de los mencionados permisos solicite el mencionado justificante".

Por otra parte, la responsable de CCOO ha explicado que por haber sido designado miembro de alguna mesa electoral, "las personas trabajadoras también tienen derecho a permisos retribuidos". Así, quienes hayan sido designados presidente o vocal "tendrán permiso retribuido el día completo si coincide con su jornada laboral más una reducción de cinco horas el día inmediato posterior".

Además, quienes actúen de interventor "tendrán los mismos permisos que los vocales y presidentes", mientras que las personas que ejerzan de apoderado "solo tendrán permiso retribuido el día de las elecciones si coincide con su jornada laboral".

Por último, las personas suplentes que el 28 de mayo deban trabajar y que al acudir al colegio electoral a las 8,00 horas tengan que suplir una baja, "disfrutarán los permisos que le correspondan y deberán pedir los justificantes correspondientes para su empresa. En el caso de que no sea necesario sustituir a ningún miembro de la mesa, tendrá que acudir a su puesto de trabajo", ha apostillado.
añadir a meneame  añadir a freski  añadir a delicious  añadir a digg  añadir a technorati  añadir a yahoo  compartir en facebook  twittear 
Gente Digital en Facebook

Grupo de información GENTE · el líder nacional en prensa semanal gratuita según PGD-OJD
Desarrollado por Tres Tristes Tigres