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Desestimada la demanda del sospechoso del crimen de Susqueda (Girona) contra un mosso

Descarta que el jefe de la investigación vulnerara su presunción de inocencia en rueda de prensa

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25/5/2023 - 17:56


Descarta que el jefe de la investigación vulnerara su presunción de inocencia en rueda de prensa

GIRONA, 25 (EUROPA PRESS)

El Juzgado de Primera Instancia 5 de Girona ha desestimado la demanda que el sospechoso del doble homicidio en agosto de 2017 en el pantano de Susqueda (Girona) presentó contra el intendente de Mossos d'Esquadra Toni Rodríguez por supuestamente vulnerar su derecho al honor y presunción de inocencia en una rueda de prensa tras su detención en febrero de 2018.

La sentencia de este jueves, consultada por Europa Press, descarta que el entonces jefe de la División de Investigación Criminal (DIC) de los Mossos y ahora jefe de la comisaría de Rubí (Barcelona) vulnerara el derecho al honor y a la presunción de inocencia del sospechoso.

Rodríguez dijo: "No tenemos ni una sola duda de la autoría, que procesalmente es presunta, todavía. Estamos trabajando aún en la reconstrucción más profunda de los hechos una vez detenido".

"La detención en común acuerdo con la Fiscalía y con el juzgado se ha producido cuando hemos considerado que era necesario hacerlo, y no tenemos ninguna duda de que era el mejor momento para hacerlo", concretó el policía.

A preguntas de un periodista, añadió: "A falta de que el procedimiento se sustancie y que se pruebe judicialmente que es autor, es un presunto autor del que nosotros no tenemos duda de la autoría".

NO LO IDENTIFICÓ

La sentencia destaca que Rodríguez "en ningún momento identificó" al detenido ni dio datos que pudieran identificarlo, a pesar de que los medios de comunicación ya conocieran su identidad.

La jueza remarca que, en la rueda de prensa, "el responsable de la investigación presenta al detenido como una persona respecto de la que existe una sospecha que considera bien fundada de autoría de los hechos, pero sujeta el resultado de una investigación que aún está en sus inicios y que puede conducir a que sea declarada culpable o a que no lo sea".

Teniendo también en cuenta el derecho a la información, la magistrada concluye que "no puede considerarse que dichas declaraciones constituyan una intromisión ilegítima en dicho derecho al honor", e impone las costas del procedimiento al sospechoso del crimen.
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