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Tribunales.- Desestimado el recurso del absuelto del crimen de Almonte para personarse en la nueva causa

La Audiencia Provincial de Huelva ha desestimado el recurso de apelación presentado por primos, hermanos y el propio Francisco Javier Medina, --absuelto por el doble crimen de Almonte (Huelva) ocurrido en abril de 2013, en el que perdieron la vida una niña de ocho años y su padre--, por la negativa del Juzgado de Instrucción número 1 de La Palma del Condado (Huelva), que investiga la causa, de que pueda ejercer la acción popular en la misma.

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14/2/2020 - 11:00


HUELVA, 14 (EUROPA PRESS)

La Audiencia Provincial de Huelva ha desestimado el recurso de apelación presentado por primos, hermanos y el propio Francisco Javier Medina, --absuelto por el doble crimen de Almonte (Huelva) ocurrido en abril de 2013, en el que perdieron la vida una niña de ocho años y su padre--, por la negativa del Juzgado de Instrucción número 1 de La Palma del Condado (Huelva), que investiga la causa, de que pueda ejercer la acción popular en la misma.

Según recoge el auto, al que ha tenido acceso Europa Press, se desestima el recurso y se confirma la resolución recurrida al ser"plenamente ajustada a derecho".

Asimismo, se indica que "la personación como acusación popular para actuar en defensa de intereses exclusivamente particulares distintos a los que inspiran el reconocimiento a los ciudadanos del ejercicio de la acción popular, se considera un uso abusivo o torcido".

Además, recuerda que Medina ya intentó con anterioridad personarse como acusador particular, y la razón de tal personación era --segúnsus palabras-- que se consideraba perjudicado por el delito al haber padecido una investigación desacertada con las inaceptables e inadmisibles consecuencias de todo orden que le han aparejado, y un cruel y feroz proceso paralelo".

De este modo es cuando --se le deniega-- su personación como acusación particular cuando intenta personarse como acusación popular; y a ello se añade, como se dice en el auto que fue recurrido que los que "se postulan como acusadores junto con Francisco Javier Medina no habían mostrado con anterioridad voluntad alguna de personarse, por lo que se desprende que no pretenden la defensa de un interés general propio de una acusación popular, es decir, que pretenden actuar como acusación popular en defensa no del interés público, sino de un interés exclusivamente personal".

A su vez, el recurso en apelación a la Audiencia al auto fue impugnado por el abogado de la familia de las víctimas, José Ignacio Bidón y Vigil de Quiñones, ya que "los recurrentes no cumplen con los requisitos que exige la Constitución y la Ley de Enjuiciamiento Criminal". "No existe un interés legítimo y queda de manifiesto que con su participación no necesariamente se avanzará en la búsqueda del autor porque para ello está el Ministerio Fiscal y la Acusación Particular como garantes", explicó en su momento el letrado.

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