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El Justicia reclama simplificar las condiciones para circular por la pista de acceso al monte de Cenarbe (Huesca)

El Justicia de Aragón, Fernando García Vicente, ha sugerido al Departamento de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente de la Comunidad autónoma que, de acuerdo con la normativa actual y sin perjuicio de la protección ambiental, simplifique las condiciones para la circulación de vehículos por la pista forestal que da acceso al monte de utilidad pública donde está ubicado el núcleo abandonado de Cenarbe (Huesca), su cementerio y la ermita de San Juan.

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27/4/2015 - 12:17

HUESCA, 27 (EUROPA PRESS)

El Justicia de Aragón, Fernando García Vicente, ha sugerido al Departamento de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente de la Comunidad autónoma que, de acuerdo con la normativa actual y sin perjuicio de la protección ambiental, simplifique las condiciones para la circulación de vehículos por la pista forestal que da acceso al monte de utilidad pública donde está ubicado el núcleo abandonado de Cenarbe (Huesca), su cementerio y la ermita de San Juan.

García Vicente recibió en diciembre de 2014 una queja de un padre y un hijo tras la limitación de acceso al núcleo y cementerio de la citada localidad, "rompiendo una costumbre que se había mantenido durante más de diez años sin generar ningún problema", según señalaban estas dos personas.

Al respecto, han explicado que desde 1992 solicitaban a la Administración permiso para acceder a este monte, concretamente al cementerio donde yacen sus antepasados, a la ermita de San Juan el día de la romería y para recoger setas.

Hasta 2012, no habían tenido ningún problema ya que siempre obtenía el permiso para todo el año, pero al volver a solicitarlo en agosto de 2013 no recibieron respuesta inmediata y en octubre les informaron de que la petición estaba pendiente de informes técnicos.

Al no recibir contestación, en diciembre de 2013 realizaron la solicitud para 2014, que les fue denegada por una resolución del Servicio Provincial de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente de Huesca en marzo del año pasado, a la que interpusieron recurso de alzada.

FALTA DE RESPUESTA

Estas dos personas preguntaron el 23 de octubre de 2014, ante la falta de respuesta a su recurso, si el silencio administrativo era positivo o negativo, momento en el que se les comunicó que el recurso estaba resuelto con fecha de 4 de septiembre de 2014, aunque no se les había notificado, algo que ocurrió dos días más tarde, estimándolo parcialmente, con una autorización para ese mismo día 25 de octubre, de 9.30 a 13.30 horas.

En la comunicación, se indicaba que en lo sucesivo deberían presentar una solicitud para cada día de acceso en coche al cementerio de Cenarbe con al menos 10 días de antelación y otras específicas para recoger setas o para la romería.

Estas dos personas han estimado que estas limitaciones son "excesivas y con una importante carga burocrática", cuando entre 1992 y 2012 obtenían un permiso general ya que los valores que se pretenden salvaguardar --afección de hábitats, seguridad, aprovechamientos cinegéticos y protección del quebrantahuesos-- "no se ven en modo alguno afectados con este tránsito, que podría limitarse en fechas o lugares concretos, pero no de forma general como aquí se hace".

SITUACIÓN DEL MONTE

El Servicio Provincial de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente de Huesca ha precisado, en su respuesta a la petición de información del Justicia, que sobre este monte de utilidad pública no consta ninguna servidumbre, concesión o derecho legal, no existen fincas particulares, sus pistas no sirven de acceso a ninguna propiedad particular fuera del mismo y no existe ningún aprovechamiento forestal.

Además, un informe de la Unidad de Conservación del Medio Natural apunta la necesidad de restringir la entrada con vehículo a todos aquellos usuarios que no sean titulares de propiedades o aprovechamientos forestales por la posible afección a los hábitats o especies incluidas en el Lugar de Interés Comunitario Garcipollera-Selva de Villanúa y, en particular, al quebrantahuesos.

Otro informe de la Sección de Caza y Pesca recomienda limitar el tránsito por las pistas incluidas en la Reserva de Caza de la Garcipollera por motivos de seguridad y condicionar el aprovechamiento cinegético. Por su parte, el servicio provincial ha argumentado que un tránsito incontrolado en épocas no adecuadas provoca un deterioro con un incremento exponencial que puede poner en riesgo su función como infraestructura viaria.

Por todo esto, un informe fechado el 29 de mayo de 2014 en relación con el recurso de alzada citado, manifiesta que se debe condicionar la autorización al monte con vehículo a motor exigiendo el itinerario del recorrido autorizado, siendo el más corto posible para acceder al cementerio de Cenarbe.

Igualmente, se pide el establecimiento de un calendario con días concretos autorizados, con un horario suficiente. En lo que respecta al acceso a la Romería de San Juan y a su ermita, el servicio provincial ha indicado que dadas sus características de uso común especial, según Ley de Montes de Aragón requiere de autorización específica para el desarrollo de la misma.

SIMPLIFICACIÓN

El Justicia ha esgrimido que la respuesta de la Administración se ajusta estrictamente a lo dispuesto en la Ley de Montes de Aragón de 2006, pero no a una modificación posterior de 2014 para simplificar procedimientos administrativos.

García Vicente ha recordado que el cambio legal supone que la circulación con vehículos a motor por pistas forestales no solo se ciñe a los usos amparados por las servidumbres y derechos existentes y su autorización ya no se considera una situación excepcional, manteniéndose la asunción de la responsabilidad civil por parte de los conductores que utilicen estas vías.

A su entender, la queja plantea una actitud de la Administración "contraria al criterio de simplificar trámites a los ciudadanos, habiéndose apreciado un proceder cada vez más restrictivo", además de aclarar que, incluso antes de la modificación legal, los motivos "no resultan suficientemente sólidos para establecer una limitación tan excesiva al paso de dos personas en un vehículo por una pista forestal".

Igualmente, el Justicia ha afirmado que "no parece verosímil" que la acción objeto de queja pueda afectar de forma alguna a los hábitats o especies que se incluyen en el LIC Garcipollera-Selva de Villanúa y, en todo caso, ha opinado que la autorización podría establecer alguna medida de precaución ajustada a tal finalidad.

Sobre la protección del quebrantahuesos, ha señalado que el decreto del Gobierno de Aragón al respecto no incluye como amenaza el mero tránsito ocasional de un turismo por una pista.

En cuanto al condicionamiento del aprovechamiento cinegético, "se trata de coordinar ambas actividades", según el Justicia, que también ha subrayado que no hay que pasar por alto la situación de minusvalía física que afecta a uno de los solicitantes y que le impide el acceso a pie, obligándole a utilizar un vehículo.

En este punto, García Vicente ha afirmado que la correcta interpretación de la normativa exige a la Administración "una mayor sensibilidad hacia las personas con alguna discapacidad", que en este caso se traduciría "en eliminar trabas y posibilitar el tránsito por la pista forestal frente al que no se aprecian objeciones relevantes".

La Comunidad autónoma también debería evitar la "excesiva burocracia" que deriva de tener que solicitar permisos para cada día y la emisión de informes y resoluciones puesto que "se trata de un uso que no perjudica el entorno", ha concluido esta institución.
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