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Un juzgado admite a trámite recurso de ULEG contra nombramientos de 3 directores generales y un gerente

El juzgado ha citado a ambas partes, en una resolución fechada el pasado 25 de julio, "para la celebración de vista" el 10 de diciembre y ha reclamado al Ayuntamiento que remita "el expediente administrativo". El portavoz de ULEG ha considerado que estos nombramiento, efectuados por la Junta de Gobierno local el pasado 22 de abril por vía de urgencia, habrían "vulnerado groseramente la ley".

Archivado en: leganés, uleg, nombramientos, directores generales

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gentedigital.es
02/9/2014 - 13:15

El Juzgado de lo Contencioso-administrativo número 17 de Madrid ha admitido a trámite un recurso del portavoz de 'Unión por Leganés', Carlos Delgado, contra el nombramiento de tres directores generales en el Ayuntamiento leganense y una gerente de personal.

El juzgado ha citado a ambas partes, en una resolución fechada el pasado 25 de julio, "para la celebración de vista" el 10 de diciembre y ha reclamado al Ayuntamiento que remita "el expediente administrativo".
El juzgado decidirá en los próximos días si suspende de manera cautelar estos nombramientos, para lo que abrirá una "pieza separada".

El portavoz de ULEG ha considerado que estos nombramiento, efectuados por la Junta de Gobierno local el pasado 22 de abril por vía de urgencia, habrían "vulnerado groseramente la ley y que sólo el criterio del enchufismo, del amiguismo y de la adscripción al PP ha primado a la hora de hacer estos nombramientos, saltándose descaradamente --ha agregado-- cualquier atisbo que sonara a medir méritos y capacidades".

De hecho, según Delgado, "ninguna de las personas beneficiadas es funcionaria y ni siquiera ha habido un simulacro de proceso donde calibrar su mérito y capacidad para desempeñar unas funciones por las que cada uno de ellos cobra más de 50.000 euros al año".

Por su parte, el alcalde de Leganés, Jesús Gómez, ha defendido estos nombramientos y ha asegurado que los directores cumplen "los requisitos" y "criterios de competencia profesional" que establece el Reglamento Orgánico Municipal (ROM).

El regidor ha manifestado que "más allá de la admisión a trámite, que es un mero procedimiento formal que no entra en el fondo de la cuestión, sólo hay que remitirse al artículo 150.1 del Reglamento Orgánico Municipal del Ayuntamiento de Leganés, que especifica que cuando el titular no tenga la condición de funcionario, su nombramiento habrá de efectuarse de acuerdo con criterios de competencia profesional y experiencia en el desempeño de puestos de responsabilidad en la gestión pública o privada, requiriéndose el título de Doctor, Licenciado, Ingeniero, Arquitecto o equivalente. Requisitos, todos ellos, que cumplen los directores generales y la gerente de Recursos Humanos, tanto por su titulación académica, como por su experiencia profesional en el ámbito privado, y cuya competencia técnica ha quedado acreditada en el expediente de nombramiento, donde consta el título y el currículum de cada uno", ha agregado.

El primer edil ha manifestado, por último, que no ve "fundamentado el recurso contra el nombramiento de dichos directivos, como tampoco contemplamos que prospere cualquier iniciativa judicial al respecto".

 

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