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El TSJCyL absuelve a un joven de León condenado a nueve años de cárcel por agredir sexualmente a su novia

La Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (TSJCyL) ha revocado una sentencia de la Audiencia Provincial de León que condenó a nueve años de cárcel a un joven por agredir sexualmente a su novia, por lo que finalmente ha quedado absuelto.

Archivado en: agresión sexual, sentencia Audiencia,

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gentedigital.es / Europa Press
11/10/2019 - 14:14

La Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (TSJCyL) ha revocado una sentencia de la Audiencia Provincial de León que condenó a nueve años de cárcel a un joven por agredir sexualmente a su novia, por lo que finalmente ha quedado absuelto.

Según han informado fuentes del TSJCyL en un comunicado, el joven había sido condenado por un delito continuado de violación, pero finalmente ha sido absuelto debido a que las declaraciones de la joven, que tenía 18 años en el momento de los hechos, "no logran superar el examen de los parámetros atinentes a la credibilidad objetiva del mismo, ni su persistencia tras una valoración de todas las pruebas practicadas".

También se recuerda que ya se habían detectado contradicciones en el relato que la joven hizo ante el Juez de Instrucción.

Así, el propio Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad ha indicado que la condena de la Audiencia Provincial de León suponía "una infracción de los principios de presunción de inocencia y del in dubio pro reo".

La condena impuesta por la Audiencia de León, supone, según el TSJCyL, "una infracción los principios de presunción de inocencia y concluye que el acusado "debe ser absuelto con todos los pronunciamientos favorables lo que conlleva la estimación del recurso de apelación interpuesto

Por este motivo, ha concluido que el acusado "deber ser absuelto" de todos los pronunciamientos llevados por esta instancia tras estimarse el recurso de apelación interpuesto por el condenado con revocación íntegra de la sentencia recurrida.

Los hechos se produjeron en septiembre de 2016 en Bilbao, cuando el varón tenía 19 años y la chica tenía 18. Por entonces, la pareja que "mantenía una relación tóxica" decidió pasar cuatro días en Bilbao, donde "vivían en la calle y de la mendicidad". En esos días, según los hechos denunciados, el joven la obligó en varias ocasiones a mantener relaciones contra su voluntad en varios parques de la ciudad vizcaína, las cuales para él fueron consentidas, mientras que para la novia fueron forzadas.

La sentencia de la Audiencia Provincial probó que en uno de los casos, el varón dio un golpe con el codo en la cabeza a la mujer, que aseguró quedar "un poco mareada", momento en el cual él llegó a atarle las dos manos y los pies con bridas.

La joven, en su momento, no presentó denuncia "por miedo a la reacción" del varón, aunque sí que llamó a sus padres, que vivían en León y que fueron a buscarla a Bilbao. La denuncia se presentó 12 de octubre, casi un mes después de los hechos.

Sin embargo, el TSJCyL no haya ahora otros elementos que corroboren la versión de la joven.

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