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tribunales / Una fuga de grisú mató a seis mineros y e hirió a otros ocho en un pozo de la Hullera en Pola de Gordón

Audiencia de León confirma apertura de procedimiento contra la Hullera por el accidente de 2013 con seis muertos

La Audiencia de León ha acordado confirmar el auto de incoación de procedimiento abreviado contra la sociedad Hullera Vasco Leonesa SA por el trágico accidente registrado el 28 de octubre de 2013 en el Pozo Emilio del Valle, del que era titular dicha mercantil y ubicado en la localidad de Santa Lucía de Gordón. Una fuga de grisú mató a seis mineros y e hirió a otros ocho en un pozo de la Hullera.

gentedigital.es / Europa Press
07/11/2018 - 15:11

En su auto, la Sección 3 de la Audiencia de León, en consonancia con la petición del Ministerio Fiscal y resto de partes acusadoras, desestima el recurso de apelación interpuesto por la Hullera contra el auto del Juzgado de Instrucción número 4, de fecha 3 de julio de 2017, que incoó procedimiento abreviado contra la apelante como autora de un delito contra los derechos de los trabajadores, en concurso ideal con seis delitos de homicidio por imprudencia grave y otros de lesiones por imprudencia grave, según informaron fuentes de la Audiencia Provincial.

Una invasión masiva de gas metano en el taller de la explotación sito en el Macizo 7o, Planta 7a del ala Este, en dicho pozo, provocó la muerte por intoxicación de seis mineros y dejó heridos a otros ocho.

La entidad apelante alega que cumplió con las medidas de seguridad y de salud laboral aplicables, de acuerdo con el Proyecto de Explotación aprobado, dando cumplimiento a todas las normas de carácter general, así como a las específicas o internas del Grupo Minero Pozo Emilio, atribuyendo el accidente a un fenómeno imprevisible en su magnitud y consecuencias, consistente en una invasión masiva e intempestiva de gas grisú en los talleres, que redujo el nivel de oxigeno a menos del 1 %, provocando la muerte por asfixia de seis trabajadores y lesiones importantes a ocho más.

Califica la empresa el accidente como un hecho desgraciado, que debe ser analizado en vía civil o laboral, pero que carece de relevancia desde el punto de vista penal, no habiendo conducta alguna a criminalizar, argumentos que no han sido estimados por la sala leonesa.

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