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La defensa de la madre de Nadia recurrirá los tres años de cárcel por estafa

El abogado de Marga Garau, la madre de la niña Nadia afectada de tricotiodistrofia, estudia recurrir al Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC) la sentencia de la Audiencia de Lleida que la condena a tres años y medio de cárcel por estafa continuada agravada utilizando la enfermedad de su hija como engaño para conseguir dinero como donaciones.

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07/11/2018 - 13:09


LLEIDA, 7 (EUROPA PRESS)

El abogado de Marga Garau, la madre de la niña Nadia afectada de tricotiodistrofia, estudia recurrir al Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC) la sentencia de la Audiencia de Lleida que la condena a tres años y medio de cárcel por estafa continuada agravada utilizando la enfermedad de su hija como engaño para conseguir dinero como donaciones.

"Nos parece que la condena es excesiva", ha afirmado en declaraciones a Europa Press el abogado de la madre, Alberto Martín, para quien ha quedado demostrado que la participación de su cliente es menor que la del padre de la niña, Fernando Blanco, condenado a cinco años de prisión.

Martín ha considerado también que los 402.232,65 euros de enriquecimiento de los progenitores con la estafa, según recoge la sentencia, es "una tercera parte de las cifras que se habían dicho".

Por su parte, el despacho Peña i Nofuentes Advocats, que representa al padre, ha señalado este miércoles que todavía no se les ha notificado la sentencia de la Audiencia de Lleida.

"Nuestro despacho no ha recibido la sentencia. Entendemos que la recibiremos mañana, y si la sentencia es condenatoria, a partir de ese momento existen diez días para recurso de apelación ante TSJC, que será formalizado dentro de plazo", asegura.

En el juicio, celebrado a principios de octubre, la madre dijo que nunca había utilizado a su hija, "la cuidaba como buena madre que creo que soy, mi hija me necesita mucho, Fernando es buen padre".

El letrado de la madre pidió la absolución de la su cliente y señaló que, en caso de que el tribunal considerara que había sido cómplice, tuviera en cuenta una sentencia de la Audiencia de Baleares que considera que una unión matrimonial no supone de por sí autoría o participación en los hechos, refiriéndose de este modo a la del caso Nóos.
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