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STAR obtiene "una importante sentencia" en defensa de los derechos laborales de empleados públicos autonómicos

Con ésta se reconoce "el derecho de un trabajador de un Centro de E. Infantil a poder disfrutar de tres días de libre disposición adicionales, además de los ya reconocidos por el Convenio"

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28/5/2015 - 20:25

Con ésta se reconoce "el derecho de un trabajador de un Centro de E. Infantil a poder disfrutar de tres días de libre disposición adicionales, además de los ya reconocidos por el Convenio"

LOGROÑO, 28 (EUROPA PRESS)

El sindicato STAR asegura en una nota de prensa que "ha vuelto a obtener una importante sentencia en defensa de los derechos laborales de los empleados públicos autonómicos".

Por la misma se ha conseguido "que se reconozca el derecho de un trabajador que presta sus servicios en un Centro de Educación Infantil a poder disfrutar de tres días de libre disposición adicionales, además de los ya reconocidos por el Convenio Colectivo vigente, como medio de evitar que se trabaje más horas en cómputo anual que el resto de empleados públicos".

La situación denunciada, tal y como recuerdan desde el sindicato, es la siguiente: un empleado laboral de la CAR, que desarrolla su trabajo en un Centro de Educación Infantil, y que por motivos específicos de su horario de trabajo, sumado a la imposición de la Administración de no prestar el servicio durante un mes en verano, no puede hacer uso de la concreción horaria de la jornada de verano que existe en el Convenio Colectivo.

El resultado es que este trabajador estaba realizando más horas en cómputo anual de las correspondientes.

Con fecha 27 de noviembre de 2014 se dictó Sentencia por el Juzgado de lo Social número 1 de Logroño, la cual ha sido declarada firme por el TSJ de La Rioja, en virtud de la cual "se reconoce el derecho del demandante, a que le sea concedidos por la Consejería de Educación 3 días de libre disposición adicionales a los ya reconocidos al amparo de la normativa vigente".

Todo ello en concepto "de compensación por las horas de la reducción de jornada de verano que el trabajador no puede disfrutar en el mes de agosto por permanecer cerrado de forma obligatoria el Centro de Educación Infantil en el que presta sus servicios".

En este sentido, la sentencia recuerda que los empleados públicos de la Administración de La Rioja "tienen derecho a una reducción de una hora diaria por jornada de verano, al igual que se contempla en otros convenios colectivos, pero en ningún momento esto supone una reducción del total de horas trabajadas al año".

Por ello "todos aquellos trabajadores que, por motivos de servicio no pueden reducir durante dicho periodo esa hora a la que tienen derecho se les va acumulando el tiempo no disfrutado, y se compensa por la Administración en forma de días adicionales de libre disposición". De esta manera se ajusta la jornada en cómputo anual.

STAR se muestra "satisfecho" con el resultado de la sentencia, ya que lo contrario "supone una pérdida de derechos del demandante por unos hechos motivados por razones organizativas de la propia administración, además de un agravio comparativo respecto al resto de empleados públicos ya que sin la posibilidad de reducirse el horario en el periodo de verano, este trabajador estaría realizando más horas al año de las correspondientes".
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