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La produjo quemaduras con un radiador eléctrico

Piden 23 años de cárcel para un acusado de matar a golpes a su pareja

La Audiencia Provincial de Madrid juzgará a partir de este lunes a un acusado de matar a su pareja, a quien golpeó de forma brutal con una barra metálica y provocó quemaduras con un radiador eléctrico.

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02/3/2015 - 08:14

MADRID, 2 (EUROPA PRESS)

La Audiencia Provincial de Madrid juzgará a partir de este lunes a un acusado de matar a su pareja, a quien golpeó de forma brutal con una barra metálica y provocó quemaduras con un radiador eléctrico.

Mario T.L. será juzgado por un delito de lesiones en el ámbito familiar y un delito de asesinato por los que la Fiscalía solicita para él una pena de 23 años y diez meses de prisión.

Según el fiscal, el procesado inició una relación sentimental en el año 2009 con una menor de 16 años que se encontraba tutelada por la Comunidad. Poco tiempo después la menor se quedó embarazada, dando a luz a un niño.

Cuando alcanzó la mayoría de edad, la pareja inició su convivencia junto con su bebé y la madre de Mario en un domicilio de Parla. En octubre de 2012, y debido a un problema con la caldera del piso, y para que el pequeño no pasará frío, la abuela se trasladó con el bebé a otro domicilio de la localidad de Alcorcón, donde vivían otros dos de sus hijos.

A partir de ese momento la relación entre la pareja se tornó más complicada y comenzaron a ser muy habituales las discusiones por sus problemas económicos y de celos, aumentando ambos durante este periodo su consumo de sustancias estupefacientes, en especial, cocaína.

En este ambiente, el procesado y su pareja comenzaron el 17 de noviembre de 2012 una discusión al recriminarle el primero una supuesta infidelidad, durante la cual el hombre propinó un golpe en el ojo derecho a la mujer, lo que le produjo un importante hematoma e inflamación. Sin embargo, la víctima no quiso denunciar la agresión.

La mujer fue asistida por efectivos del SAMUR, y fue trasladada al hospital de Alcorcón. Dada su dependencia emocional de Mario, solicitó el alta voluntaria y sobre las 04:10 horas del 18 de noviembre, la pareja se reunió en su piso, donde inmediatamente reanudaron la disputa que habían iniciado el día anterior.

En un momento del incidente, con la clara intención de acabar con su vida, el acusado comenzó a golpear repetidamente, con gran brutalidad e intensidad, a la mujer en todas las partes de su anatomía, valiéndose de sus manos, piernas e incluso de una barra metálica, sólida y contundente, que pertenecía a un triciclo de su hijo.

El agresor se aseguró del resultado de su ataque y que su víctima no pudiera defenderse, aprovechándose para su fin de su superioridad física y del aturdimiento que presentaba la mujer por la ingesta de estupefacientes.

La agresión fue masiva y el procesado, prosiguiendo con absoluta crudeza y con el único fin de hacer sufrir a la víctima, que aún se encontraba con vida, hallándose ya ésta tendida en el suelo, desvalida y sin defensa, le pisó la cara con tanta fuerza que le dejó impresa con líneas hemáticas en el lado izquierdo del rostro la suela de las zapatillas marca 'Quiksilver' que llevaba puestas.

A continuación, colocó sobre el cuerpo de la joven un radiador portátil eléctrico caliente que había en la vivienda, lo que provocó quemaduras de diversa consideración a la víctima. El acusado también introdujo en la vagina de su víctima una colilla apagada de un cigarrillo de la marca 'Lucky Strike'.

Como consecuencia de la brutal agresión la mujer falleció, tardando en expirar entre treinta y sesenta minutos desde la recepción de los impactos.

Tras perpetrar los hechos, el procesado, introdujo el cuerpo sin vida de la joven en la bañera llena de agua de la vivienda para después trasladarlo a una de las habitaciones. Allí fue encontrado el cadáver por efectivos de los Servicios de Emergencias tras el aviso que dio el propio procesado.

En el momento de su detención Mario T. L. presentaba rasgos psicopáticos de la personalidad de características disociales y narcisistas, con gran resistencia para el cumplimiento de límites y normas desde la etapa adolecente.

Además, horas antes de los hechos había consumido cocaína y hachís. Sin embargo, lo descrito no alteraba sus capacidades cognoscitivas, manteniéndolas intactas, y pudiendo únicamente haberse visto afectada levemente su voluntad debido a los rasgos impulsivos que forman parte de su personalidad y el consumo de drogas.

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