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Una sentencia del TSJM anula los acuerdos del primer patronato del Parque Nacional del Guadarrama

El Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha anulado los acuerdos alcanzados en la primera reunión del patronato del Parque Nacional de la Sierra de Guadarrama al confirmar que se impidió la deliberación y el debate de sus miembros.

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30/5/2016 - 14:00


MADRID, 30 (EUROPA PRESS)

El Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha anulado los acuerdos alcanzados en la primera reunión del patronato del Parque Nacional de la Sierra de Guadarrama al confirmar que se impidió la deliberación y el debate de sus miembros.

El 9 de junio de 2014 se reunió por primera vez y se constituyó el patronato del Parque Nacional de la Sierra de Guadarrama. El presidente del patronato --en ese momento el Consejero de Medio Ambiente de la Comunidad de Madrid, Borja Sarasola-- aprobó la memoria del periodo comprendido entre junio de 2013 y junio de 2014 y el plan de actuaciones del segundo semestre de 2014, sin permitir la deliberación y el debate de sus miembros.

Solo concedió la palabra una vez aprobados estos documentos, en el punto de ruegos y preguntas. Todo ello a pesar de las reiteradas quejas de la vocal ecologista, María Ángeles Nieto, ha recordado Ecologistas en Acción.

La vocal consideró que la mayor parte de los contenidos de esos documentos no estaban justificados o eran inapropiados para un parque nacional (creación de nuevas zonas de aparcamiento, ampliación del refugio de montaña del puerto de Navafría, inadecuado control de eventos multitudinarios, inexistencia de información sobre presupuestos, etc).

Por estas razones, y porque el debate es un derecho del patronato, pidió al presidente que diera voz a sus miembros. Borja Sarasola respondió que él era el presidente y quien determinaba las formas de debate y de diálogo, zanjando la cuestión.

En septiembre de 2014, Ecologistas en Acción recurrió ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) la aprobación de la memoria y del plan de actuación. A juicio de la organización, aquella aprobación era nula por haberse acordado vulnerando el derecho de participación de los miembros del patronato.

En respuesta a ese recurso, el TSJM, en sentencia de 22 de marzo de 2016 da la razón a la organización y anula los acuerdos alcanzados en el patronato de 9 de junio de 2014.

Dice el Alto Tribunal madrileño que "consta acreditado que no hubo deliberación alguna ni posibilidad de debate tras la presentación de la memoria de actividades y del plan de actuación, pese a que una vocal lo solicitó de forma reiterada, privando a los miembros del patronato de su participación en un debate en el que sus intervenciones hubieran podido alterar el resultado de la votación".

La sentencia ordena también la "retroacción del procedimiento para que se someta de nuevo al patronato del Parque Nacional de la Sierra de Guadarrama, la memoria y el plan de actuaciones y se adopten los acuerdos que procedan con observancia de las normas".

Tras el fallo, Ecologistas en Acción ha mostrado su satisfacción porque "la consecuencia directa es reconocer que la Administración y en concreto el presidente del patronato actuó con prepotencia y vulnerando el derecho de participación de sus miembros".

Pero, además, considera que esta sentencia es importante porque "sienta las bases del correcto funcionamiento de todos los órganos consultivos dependientes de la Consejería de Medio Ambiente".

El patronato es un órgano consultivo cuyo objetivo es permitir la participación de la sociedad en la gestión del Parque Nacional. Está formado por 59 vocales como representantes de los tres niveles de la administración (local, autonómico y central), ecologistas, asociaciones agrarias, universidades, propietarios, entidades deportivas, etc.
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