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Madrid mantiene la prohibición de aparcar en la zona SER para este viernes

El Ayuntamiento de la capital prolonga el escenario 2 del protocolo anticontaminación por segundo día en la capital y lo extiende a mañana.

Archivado en: Madrid, Tráfico, Contaminación

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gentedigital.es
24/10/2017 - 13:12

El aparcamiento en la zona del Servicio de Estacionamiento Regulado (SER) de Madrid estará prohibido para los no residentes durante la jornada de hoy y la de mañana viernes, ya que el Ayuntamiento de la capital mantiene el escenario 2 del protocolo anticontaminación.

Junto a esta medida se mantendrá la limitación a 70 km/h como velocidad máxima en la M-30 y en los accesos dentro de la M-40, en ambos sentidos. El Consistorio recomienda el uso del transporte público y, para aquellas personas que necesiten desplazarse en vehículo privado, el uso compartido.

RESTRICCIONES

De este modo, los no residentes no podrán aparcar en la zona SER en el horario de este servicio, es decir, de 9 a 21 horas. Durante todo el día, las aplicaciones y los parquímetros informarán en sus pantallas de la prohibición de etsacionar y no se expenderán tiques.

Antes de las 12 horas de mañana miércoles se informará a la ciudadanía de las medidas a adoptar y que deberán aplicarse el jueves 26 de octubre, en el caso de que la previsión meteorológica desfavorable se mantenga y los niveles de contaminación continúen altos.

RESIDENTES Y COMERCIANTES

Los residentes podrán aparcar exclusivamente en su correspondiente barrio y plazas, así como los titulares de una autorización de Comerciales e Industriales del SER6.

También podrán hacerlo los vehículos que no sean de combustión interna: eléctricos, de pila de combustible o de emisiones directas nulas, así como eléctricos enchufables y eléctricos de rango extendido, siempre que hayan obtenido la correspondiente autorización otorgada por el Ayuntamiento de Madrid.

TAXIS Y MOVILIDAD REDUCIDA

En la lista de excepciones se incluyen los vehículos estacionados en zonas reservadas para su categoría o actividad (mudanzas, vehículos diplomáticos en sus reservas específicas, coches oficiales, etc) así como los taxis que estén en servicio y su conductor esté presente y los vehículos de alquiler de servicio público con conductor, en idénticas condiciones.

Los vehículos destinados al transporte de personas de movilidad reducida en los que se exhiba la autorización especial correspondiente, con sujeción a las prescripciones y límites establecidos en la autorización especial y siempre que se esté transportando al titular de dicha autorización también podrán aparcar.

ALERTAS

Los ciudadanos PUEDEN STAR informados de las restricciones al tráfico y aparcamiento a través de la web municipal madrid.es, los paneles informativos de tráfico y DGT, Emergencias Madrid y las redes sociales. Además, se informará a través del sistema de Alertas de Salud Ambiental.

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