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Recurso ciudadano contra la moratoria de multas de Madrid Central

Colectivos ecologistas han presentado este viernes 5 de julio un recurso en los Juzgados de lo Contencioso de la capital para pedir la suspensión inmediata de la moratoria de multas de Madrid Central.

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Su objetivo es "defender la calidad del aire y la salud de los madrileños"

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M. H./ E. P.
05/7/2019 - 12:07

Ecologistas en Acción y Greenpeace han solicitado a la Justicia que adopte medidas cautelarísimas para acordar la suspensión inmediata de la moratoria de multas de Madrid Central impuesta por el Ayuntamiento de Madrid para defender "la calidad del aire y la salud de los madrileños". En su recurso reclaman la anulación del acuerdo de la Junta de Gobierno de 27 de junio de 2019 por el que se establece un periodo de aviso en relación con el acceso a la Zona de Bajas Emisiones Madrid Central.

Estos colectivos sostienen que dicho acuerdo "desactiva virtualmente" Madrid Central y "priva de toda eficacia la regulación y limitación del tráfico viario en el ámbito de Madrid Central".

"Hay que cumplir la normativa de calidad del aire para preservar la salud de los madrileños. Cada día, casi mueren quince personas en la ciudad de Madrid por la mala calidad y no se puede hacer política baja y partidista. Lo pelearemos con todo tipo de acciones sociales pacíficas", explicó el coordinador de Ecologistas en Acción y portavoz de la Plataforma en Defensa de Madrid Central, Francisco Segura.

Además, criticó que el alcalde, José Luis Martínez-Almeida, y la vicealcaldesa, Begoña Villacís, se comprometieran a que el próximo 1 de octubre entrarán en vigor las multas, pero a la salida el delegado del Área de Medio Ambiente y Movilidad, Borja Carabante, mantuvo que era "un compromiso que no estaba cerrado".

"Si realmente hubiera compromiso se habrían convocado ya las comisiones técnicas que existen. Estamos en julio, ¿Cuándo lo van a convocar? Si las hay, participaremos para que no se descafeíne demasiado Madrd central que es lo que tememos", aseveró.

Adrián Fernández, responsable de movilidad de Greenpeace España, recalcó que el Ayuntamiento demostró tras la reunión del 4 de julio que se ha impuesto sin tener ni un solo, plan e idea de cuáles son los cambios que quieren hacer. Por tanto, entiende que esta moratoria es una situación de incertidumbre, mas allá de que se puede entrar en coche contaminante sin recibir ningunas sanción.

El abogado de Ecologistas, Jaime Doreste, argumentó que el recurso viene acompañado con una solicitud de medidas cautelarísimas que se adoptan por urgencia sin escuchar a las partes y se interpone por la necesidad de urgencia de esta medida por el empeoramiento de la calidad del aire.

Por su parte, la letrada de Greenpeace, Lorena Ruiz Huerta, incidió en que el Ayuntamiento de Madrid "no tiene un título habilitante" para acordar este acuerdo de Junta de dejar sin efecto la imposición de multas porque el artículo "en el que se basa ya se había aplicado con anterioridad a la entrada en vigor de Madrid Central".

"No tiene ningún motivo legal para imponer este acuerdo de suspensión", subrayó, a lo que añadió que se trata de una cuestión de aplicar principio de precaución por la urgencia de cambio climático. "Quedan pocos años para frenar el calentamiento de dos grados. No son tiempos para andar con tonterías para suspender este tipo de medidas, que en este caso era muy básica y que se ha acordado en 300 ciudades europeas", reseñó.

DAÑO AMBIENTAL

El recurso se basa en "la lesión de los intereses generales urbanísticos y territoriales" que se produciría de ejecutarse de forma inmediata el citado acuerdo", alegando como motivos "la importancia de la calidad del aire y la situación de la ciudad de Madrid".

"La solicitud y adopción de una medida cautelar de suspensión de la eficacia de un precepto no es excepcional, sino está englobada en el derecho a la tutela judicial efectiva de esta parte recurrente desde el punto y medida que esta guarda proporción y relación con la pretensión que se ejercita en el procedimiento", recoge el recurso.

"En definitiva, el daño ambiental, especialmente si es grave, irreparable o si es evitable por existir alternativas menos gravosas, debe ser evitado; y es en el incidente de medidas cautelares donde ese principio de prevención tiene su reflejo procesal", concluye.

 

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