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Tribunales

Confirman la condena a 12 años a tres hombres por violar a una turista británica en un descampado

El Tribunal Supremo ha declarado que no ha lugar a los recursos presentados por tres hombres que fueron condenados por la Audiencia de Málaga a un total de 12 años de prisión --cuatro años de cárcel a cada uno-- por violar a una turista británica que estaba de vacaciones en la Costa del Sol. Así, se desestiman todos los argumentos expuestos por las defensas.

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01/10/2014 - 18:02

MÁLAGA, 1 (EUROPA PRESS)

El Tribunal Supremo ha declarado que no ha lugar a los recursos presentados por tres hombres que fueron condenados por la Audiencia de Málaga a un total de 12 años de prisión --cuatro años de cárcel a cada uno-- por violar a una turista británica que estaba de vacaciones en la Costa del Sol. Así, se desestiman todos los argumentos expuestos por las defensas.

Los hechos sucedieron en octubre de 2001 tras conocer la víctima a los tres acusados en una discoteca de Benalmádena (Málaga). La Sección Primera de la Audiencia malagueña declaró probado en su momento que los jóvenes se ofrecieron a llevarla a casa, se subieron los cuatro en un coche y fueron a un descampado donde "contra su voluntad", los tres mantuvieron relaciones sexuales con la mujer.

Tras esto, la abandonaron en dicho lugar y se marcharon, sufriendo la mujer varias lesiones, según se precisaba en la primera sentencia. Dos de los acusados tienen antecedentes penales por delitos como lesiones, violencia contra la mujer, maltrato o amenazas. Se les condenó por un delito de agresión sexual, aplicando la circunstancia de dilaciones indebidas.

A la declaración de la mujer se sumó para la condena el resto de pruebas. En este sentido, los acusados, dos hermanos y un primo de éstos, fueron identificados en 2010 tras cotejarse el AND, gracias a las nuevas técnicas de investigación.

Los acusados alegaron en sus recursos ante el Supremo que la víctima no se identificó correctamente cuando declaró por videoconferencia como testigo desde su país, algo que rechaza el Alto Tribunal en su sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, al apuntar que no se expresó la queja en ese momento, cuando se podía haber aportado documentos adicionales.

También se adujeron irregularidades en la prueba testifical, por no declarar la víctima ante un traductor jurado en su denuncia inicial. Sobre esto, la Sala del Supremo lo rechaza y recuerda que "la prueba real y definitiva es la declaración en el acto del juicio oral en la que la testigo rememora tanto lo sucedido como lo previamente declarado".
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