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La Justicia reconoce a los empleados del Servicio de Bienestar Social tres días de asuntos particulares no recuperables

Una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha reconocido a los trabajadores del Servicio Regional de Bienestar Social, dependiente de la Consejería de Asuntos Sociales, el derecho a disfrutar tres días de asuntos particulares correspondientes a 2013, como permiso retribuido y no recuperable.

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20/5/2014 - 12:54

MADRID, 20 (EUROPA PRESS)

Una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha reconocido a los trabajadores del Servicio Regional de Bienestar Social, dependiente de la Consejería de Asuntos Sociales, el derecho a disfrutar tres días de asuntos particulares correspondientes a 2013, como permiso retribuido y no recuperable.

Según ha señalado el sindicato CSIT-Unión Profesional, demandante en este proceso, este permiso venía siendo denegado por los servicios de personal de las residencias de personas mayores, centros ocupacionales y otros centros de atención especial a dependientes, todos ellos de titularidad pública de la Administración autonómica.

El magistrado señala que ningunas instrucciones de la Comunidad permite interpretarlas en el sentido de que se hubiere suprimido el derecho a tres días por asuntos propios. "Sin embargo, distintas resoluciones denegatorias de los permisos solicitados se remitían expresamente a las Instrucciones de la Función Pública y otras, simplemente lo deniegan sin explicación alguna, resoluciones desestimatorias que carecen de justificación, máxime, cuando en otras consejerías los permisos se otorgaban regularmente", apunta.

Por tanto, el fallo, al que ha tenido acceso Europa Press, destaca el reconocimiento del derecho a disfrutarlo a todos los empleados públicos de estos centros que lo estaban denegando, con la condición de que sean días retribuidos y que no tengan que ser recuperadas esas jornadas por el trabajador que los disfrute, "pues de lo contrario se desnaturalizaría la esencia del permiso".
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