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Atribuye a la edila supuesta prevaricación urbanística y malversación

El juez continúa la causa contra Áurea Soto y archiva el proceso contra el alcalde de Ourense y la exjunta de gobierno

El auto judicial considera al asesor jurídico Carlos Hernández posible autor de prevaricación urbanística

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29/9/2014 - 19:41

El auto judicial considera al asesor jurídico Carlos Hernández posible autor de prevaricación urbanística

OURENSE, 29 (EUROPA PRESS)

El juez instructor encargado de investigar las licencias de la plaza de San Antón, considera que la edila de Ourense Áurea Soto es posible autora de delitos continuado de prevaricación urbanística, o subsidiariamente de delito continuado de prevaricación, junto con un delito de malversación de caudales públicos. Sin embargo, ha decretado el sobreseimiento provisional y archivo de la causa contra el actual alcalde de Ourense, Agustín Fernández, y la exjunta de gobierno local.

En un auto que se dio a conocer este lunes, el titular del juzgado de instrucción número 1 de Ourense, Leonardo Álvarez, dio paso a la tramitación por procedimiento abreviado, "por si los hechos imputados a Áurea Soto fuesen constitutivos de los delitos de prevaricación y malversación de caudales públicos", por lo que pide a fiscal y a Democracia Ourensana que formulen escrito de acusación en 10 días "solicitando apertura de juicio oral o bien el sobreseimiento de la causa".

El mismo trámite se aplica al abogado coruñés Carlos Hernández, al que el juez instructor aprecia como posible autor de delito de prevaricación urbanística o, subsidiariamente de un delito de prevaricación.

Como en el caso de Áurea Soto, en el mismo auto, pide a fiscal y denunciantes que formulen escrito de acusación "sin perjuicio de que puedan solicitar, excepcionalmente, diligencias complementarias que consideren imprescindibles para su acusación".

En la instrucción, el juez llamó a declarar como imputados a todos los que eran ediles del BNG y del PSOE, miembros de las Juntas de Gobierno de 2007 y 2009 que acordaron dar licencias al aparcamiento del nuevo edificio construido en la plaza de San Antón sobre suelo público, y pagar una indemnización de 358.828 a una vecina que vio afectada la situación de su vivienda, al lado del edificio.

Sin embargo, en el auto judicial, el instructor acuerda el archivo de la causa en relación al exalcalde de Ourense, Francisco Rodríguez, al actual alcalde, a tres exediles del BNG, a un exedil del PSOE y a la actual edil de Educación.

El auto no es firme y cualquiera de las partes puede recurrirlo en los tres días posteriores a la notificación, con un recurso de reforma, o en cinco días con un recurso de apelación.

SUELO PÚBLICO, NO PRIVADO

Según el juez, la gestión de Áurea Soto "es manifiestamente injusta y perjudicial" para el Ayuntamiento de Ourense "pues, a pesar de existir dos resoluciones judiciales" en las que se afirma que el subsuelo ocupado por el aparcamiento de tres plantas es de titularidad pública, la concejala de Urbanismo "se empeñó una y otra vez" en sostener que es de titularidad privada, en relación al posible delito de prevaricación.

"Este instructor no alcanza a comprender el porqué de que la edila de Urbanismo, que debe velar por los intereses del Ayuntamiento de Ourense, se empeña en afirmar que el aparcamiento de la discordia no pertenece al ayuntamiento, cuando dos resoluciones judiciales firmes decían que sí", según el auto.

El juez indica que, "obviamente", la finalidad de la edila de Urbanismo "era poner fin a la ya larga problemática creada en la plaza de San Antonio, para que se le atribuyese el mérito de terminar con esa disputa, utilizando para ello la vía más rápida que era santificar lo hecho por la Corporación anterior" a pesar, según el auto, de ser contrario a resoluciones judiciales firmes y perjudicial para el ayuntamiento.

En relación a la malversación de caudales públicos, el juez considera que conceder una indemnización de 358.828 euros "por una simple pérdida de luces, es excesiva e incluso descabellada", aunque la cantidad surge de un informe del que era arquitecto municipal --ahora jubilado--. Según el juez, ese informe "no tiene desperdicio por lo inadmisible de sus valoraciones".

El instructor considera que la edila no buscaba abonar una indemnización para reparar un perjuicio, sino "impedir que la vecina denunciante, acudiese a los tribunales" y dejase "al descubierto la ilegalidad de su actuación en el aparcamiento de la plaza de San Antón". Por ello, "no reparó en gastos, que corrieron a cargo de las arcas municipales".

NO ESTUDIABAN ASUNTOS

El abogado Carlos Hernández, según el juez, fue el que con su informe respaldó la licencia dada al aparcamiento de la plaza, cuando ningún jurídico municipal entregó informe favorable en ese expediente.

El resto de los políticos que integraron las juntas de gobierno denunciadas por DO explicaron al juez que "en menos de una hora aprobaban todos los asuntos incluidos en el orden del día, a veces más de cien, sin estudiar su contenido". Según el auto, los integrantes del órgano colegiado "se limitaban a dar por bueno el somero informe de cada concejal confiando a ciegas en su labor", y considera que esta forma de actuar "es discutible, pero no en la vía penal".

En ese sentido, procede a acordar el archivo de la causa para ellos "por no disponer de indicios suficientes para afirmar que tenían conocimiento de que el expediente iniciado y presentado por la edila de Urbanismo, era manifiestamente contrario a la legalidad vigente", remata el auto.
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