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Tribunales

Condenados tres estudiantes por altercados en Ourense en 2012

Deberán indemnizar a los agentes y pagar al Ministerio del Interior 10,36 euros por unas esposas

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24/4/2015 - 14:21

Deberán indemnizar a los agentes y pagar al Ministerio del Interior 10,36 euros por unas esposas

OURENSE, 24 (EUROPA PRESS)

El Juzgado de lo Penal número 2 de Ourense ha condenado por delito de atentado a tres de los siete estudiantes juzgados en febrero por los altercados ocurridos tras una manifestación que terminó ante la Delegación de la Consellería de Educación, en octubre de 2012, pero ha absuelto a todos ellos del delito de desórdenes públicos.

En una sentencia a la que ha tenido acceso Europa Press, el titular del juzgado considera que durante los dos días del juicio quedó probado que los acusados Ángel José M.P., Antón G.C., Jon S.G., Alexandre F.R., Pablo G.R., Daniel C.G. y José Manuel A.D., formaron parte de un grupo de personas que permaneció ante la delegación de la consellería tras una marcha y "trataron de acceder al edificio intentando sortear un cordón policial establecido para evitarlo".

En la "algarada" originada, según la sentencia, los manifestantes situados "en la segunda línea", ante la cristalera de la entrada del edificio y el cordón policial, "insultaron y golpearon a los agentes, con puños y con palos mástiles de las banderas", mientras coreaban expresiones como "policía asesina", "esta noche mirad bajo el coche" o "ya os cogeremos fuera, os tenemos grabados".

Según el relato del juez, mientras ocurrían esos hechos, otros sujetaron a un agente y le "arrastraron por la escalera" exterior, y le golpearon en el suelo, lo que provocó la intervención de otro que acudió en su auxilio "y a su vez fue arrojado al suelo y agredido". Los acusados tienen en la actualidad edades comprendidas entre los 21 y los 27 años.

AGRESIÓN CON MÁSTIL DE BANDERA

El primero recuperó su posición, según la sentencia, y fue agredido en la cabeza por el acusado Antnon G.C., " con el mástil de una bandera, lo que provocó traumatismo cráneo-encefálico leve, contusión costal leve y erosión en codo izquierdo".

Otro de los acusados, Jon S.G., según el juez, "en compañía de otros", rompió las gafas y una cadena de oro a otro policía "al tiempo que le propinaba diversos puñetazos", por lo que fue esposado junto a otro.

Esto provocó que el resto de los manifestantes "tirasen de los dos esposados", por lo que la policía decidió quitarles los grilletes "circunstancia aprovechada" por el acusado para escapar con las esposas "aún puestas", lo que originó "un forcejeo con otro agente al que le provocó un esguince de muñeca que precisó férula de inmovilización y rehabilitación".

En relación al acusado Ángel José M.P., el juez ve probado que golpeó a un agente en la cabeza, hechos que el estudiante, natural de Lugo, reconoció en el juzgado.

UNO Y DOS AÑOS DE PRISIÓN

El juez condena a prisión a los tres autores de un delito de atentado, tras estimar que lo relatado por los agentes de la autoridad "tiene un plus de veracidad con presunción de objetividad e imparcialidad, a falta de pruebas contrarias", por lo que lo relatado por los policías autonómicos "goza de mayor credibilidad".

Los agresores fueron además "debidamente identificados por los agentes policiales" en el lugar de los hechos y en el juicio, además de en fotografías tomadas por ellos mismos, que están en los autos.

Así, Antón G.C. es condenado como autor de un delito de atentado a dos años de prisión, y por lesiones a 180 euros de multa, además de indemnizar con 700 euros al agente arrastrado por las escaleras y luego agredido con un mástil. Este acusado, según la sentencia, también deberá pagar al Sergas las facturas por la asistencia sanitaria prestada al agente.

Por su parte, Jon S.G. es condenado a dos años de prisión y al pago de 180 euros de multa por una falta de lesiones, además de indemnizar con 3.600 euros al agente al que rompió las gafas y una cadena de oro, y al Ministerio de Interior con 10,36 euros por las esposas.

El tercer condenado por atentado, Ángel José M.P., lo es a un año de prisión, porque el juez aplicó la circunstancia atenuante de "reparación de daño", además de la multa de 180 euros por lesiones.

ABSUELTOS DE DESÓRDENES

En relación a la acusación de desórdenes públicos, mantenida por la Fiscalía y que podría suponer un incremento en el tiempo de prisión, el juez consideró que "no quedó acreditado" que los siete acusados actuasen "con el propósito de alterar la normal convivencia" ciudadana, pues según la declaración de los manifestantes, su intención era dejar carteles y panfletos dentro de la consellería y "nada de lo actuado desvirtúa" esas afirmaciones.

Además, "no hay constancia" de denuncias ni quejas de ciudadanos que viesen limitado su derecho a acceder al edificio ni por los funcionarios que trabajan en la consellería.
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