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Absuelto el acusado de asalto a una casa en O Carballiño a pesar de encontrarse su ADN en una venda usada para amordazar

La sección segunda de la Audiencia Provincial de Ourense ha absuelto a un acusado de asaltar una vivienda de O Carballiño en noviembre de 2011 junto a otra persona que no ha podido ser identificada.

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18/12/2020 - 16:44


OURENSE, 18 (EUROPA PRESS)

La sección segunda de la Audiencia Provincial de Ourense ha absuelto a un acusado de asaltar una vivienda de O Carballiño en noviembre de 2011 junto a otra persona que no ha podido ser identificada.

El tribunal considera que carece de pruebas de que el sospechoso hubiese participado en el robo, durante el que amordazaron a la mujer que estaba en el interior de la casa, a la que también envolvieron la cara con una venda y cinta americana.

Además, la ataron de pies y manos con unas bridas a la barra de hierro de la cocina, donde permaneció hasta que fue encontrada por sus vecinos. Los ladrones consiguieron abrir la caja fuerte de la casa con una radial y se llevaron joyas y relojes valorados en 1.000 euros.

Los jueces aseguran en la sentencia que quedó acreditado que en la venda utilizada para amordazar a la víctima se halló ADN del acusado, pero considera que solo ese indicio "no reviste singular potencia acreditativa para inferir de él, por sí solo, de manera racional y lógica, la autoría del acusado".

Los cacos llevaron consigo las vendas y las bridas, ya que estas no se encontraban en la vivienda, relata la sentencia.

DOS ELEMENTOS DE DESCARGO

Además, en este fallo con fecha del 17 de diciembre de 2020, la Sala considera que hay dos elementos objetivos "en descargo" del acusado, que niega su participación en los hechos. Por un lado, el "acento de los autores" y por otra parte el color gris del vehículo visto en las inmediaciones.

En su día, la víctima --fallecida en 2013-- apuntó que "el acento los autores no parecían de la zona", mientras el acusado es de nacionalidad española y oriundo de Pontevedra. Además, este individuo contaba en su historial de la DGT con la titularidad de dos vehículos blanco y rojo, pero ninguno gris.

Junto a esto, el fallo recoge que las investigaciones relativas a teléfonos móviles y repetidores de telefonía "no dieron resultado alguno". Contra esta sentencia cabe recurso de apelación.
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