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Autorizan a apartarse del caso al juez que investigó por malversación a Jácome, de quien depende laboralmente su mujer

La Audiencia Provincial de Ourense ha emitido un auto en el que estima justificada la abstención planteada por el titular del Juzgado de Instrucción número 2 de Ourense, Luis Doval, quien había solicitado el paso en relación a la causa en la que se investiga al alcalde, Gonzalo Pérez Jácome, por un supuesto delito de malversación de unos 100.000 euros en la gestión de fondos de su partido, Democracia Ourensana.

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03/5/2022 - 13:22


OURENSE, 3 (EUROPA PRESS)

La Audiencia Provincial de Ourense ha emitido un auto en el que estima justificada la abstención planteada por el titular del Juzgado de Instrucción número 2 de Ourense, Luis Doval, quien había solicitado el paso en relación a la causa en la que se investiga al alcalde, Gonzalo Pérez Jácome, por un supuesto delito de malversación de unos 100.000 euros en la gestión de fondos de su partido, Democracia Ourensana.

El juez había solicitado la abstención debido a que su mujer fue contratada como asesora y regresó al Ayuntamiento ourensano.

El fallo de la Audiencia considera que procede estimar justificada la abstención, y, en consecuencia, que el titular del juzgado debe dictar un auto apartándose definitivamente del asunto y ordenando remitir las actuaciones a quien se encargue de sustituirle.

El escrito judicial expone que en este caso sí concurre la causa de abstención --interés indirecto en la causa-- invocada por el juez proponente, puesto que el contenido revela que su esposa depende laboralmente del investigado en las diligencias que, por el supuesto de malversación, se tramitan en sede instructora.

Por ello, concluye que "existe serio riesgo de que su imparcialidad subjetiva pudiera verse comprometida", aún cuando no lo fuera en grado máximo, pero sí suficiente para entender, en atención a conocida doctrina constitucional, que debe quedar apartado del conocimiento del procedimiento.

Contra el auto no cabe presentar recurso, según el auto difundido por el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG).
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