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La Audiencia confirma la sentencia contra Vulcano y tres de sus directivos

La Audiencia Provincial de Oviedo ha desestimado el recurso de la firma gallega de astilleros Vulcano contra la sentencia del Mercantil de Oviedo que en noviembre de 2013 le condenó a pagar 25 millones euros por las pérdidas ocasionadas a su filial gijonesa, Juliana, en el concurso de acreedores de esta última.

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06/7/2015 - 15:05


OVIEDO, 6 (EUROPA PRESS)

La Audiencia Provincial de Oviedo ha desestimado el recurso de la firma gallega de astilleros Vulcano contra la sentencia del Mercantil de Oviedo que en noviembre de 2013 le condenó a pagar 25 millones euros por las pérdidas ocasionadas a su filial gijonesa, Juliana, en el concurso de acreedores de esta última.

El fallo mantiene la condena de 25 millones de euros, y también la de 500.000 euros para cada uno de los tres administradores en Juliana (Fernando Santodomingo -expresidente de Vulcano-, José Manuel Domínguez y José Luis Méndez. El nuevo fallo únicamente acepta eximir a los condenados del pago de intereses moratorios, al contrario de lo que había fijado el juzgado de lo mercantil.

La empresa Astilleros Vulcano de Vigo, y tres de sus administradores en su filial gijonesa, Juliana (Fernando Santodomingo -expresidente de Vulcano-, José Manuel Domínguez y José Luis Méndez), fueron condeandos en 2013 por la quiebra de esta última. La entidad gallega tendrá que pagar una multa de 25 millones de euros, y los tres representantes 500.000 euros cada uno.

La sentencia estimaba, en parte, las argumentación del informe de los síndicos de Juliana, en el que se demandaba la culpabilidad de Vulcano en el concurso de acreedores de la entidad gijonesa. El juez considera que tanto Vulcano, como sus administradores, gestionaron el astillero filial, y concretamente la subcontratación de tres buques sísmicos a armadores noruegos, con actitud de "vampirismo" sobre la dominada. El objetivo sería salvar la difícil situación económica de la firma gallega, sin tener en cuenta los perjuicios ocasionados a la planta gijonesa.

La sentencia criticaba que Vulcano, tras subcontratar la construcción de estos buques a finales de 2006 y principios de 2007, decide unilateralmente, a finales de 2008, trasladar los trabajos a Vigo, sin liquidar los gastos ocasionados en la factoría gijonesa, así como las deudas de los acreedores. Una cuantía que supera los 58 millones de euros.

En el caso de uno de los buques (el B-535), el juez señalaba que Vulcano, pese a percibir varios cobros por la construcción por valor de más de 22 millones de euros, "no se destinaron a la construcción del mismo, lo que originó que el buque no se entregara en plazo, y que el Banco Popular tuviera que pagar 44 millones como avalista de Juliana". Se destinaron, según el fallo, "a cubrir la tesorería de la concursada y a afrontar pagos de los otros buques, en que el constructor era Vulcano y cuyos costes no le han sido abonados a la concursada".

Para el juez, Vulcano expoliaba "de facto a Juliana en claro detrimento de sus acreedores, del mismo modo que a quien se amputa un miembro gangrenado, sin tener en cuenta que en este caso el miembro tenía vida propia, una personalidad jurídica diferenciada y unos acreedores de protección como los acreedores de la matriz, y, desde luego, dignos de mayor protección que la propia matriz, que tan solo miró por su supervivencia, sacrificando a su filial, lo que sin duda constituye, cuando menos, un dolo eventual".

Se señalaba como responsables, además de a Vulcano, a Fernando Santodomingo (expresidente de Vulcano), y José Manuel Domínguez y a José Luis Méndez, máximos responsables de la administración de Juliana en el momento en el que se produce el traslado de los buques.

De hecho, la sentencia también declaraba la inhabilitación tanto de Vulcano como de estas tres personas para administrar los bienes ajenos durante cinco años.
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