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El Supremo ratifica la condena de Taboada y Somos por vulnerar el derecho al honor del ex alcalde Caunedo

El Tribunal Supremo ha desestimado los recursos de casación interpuestos por Somos Oviedo y Ana Taboada contra la sentencia dictada por la Sección Sexta de la Audiencia Provincial de Asturias el 23 de julio de 2021, en el recurso de apelación y por tanto ratifica su condena interpuesta por sentencias del Juzgado de Primera Instancia número 5 de Oviedo por vulnerar el derecho al honor del ex alcalde Agustín Iglesias Caunedo.

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26/5/2023 - 13:08


OVIEDO, 26 (EUROPA PRESS)

El Tribunal Supremo ha desestimado los recursos de casación interpuestos por Somos Oviedo y Ana Taboada contra la sentencia dictada por la Sección Sexta de la Audiencia Provincial de Asturias el 23 de julio de 2021, en el recurso de apelación y por tanto ratifica su condena interpuesta por sentencias del Juzgado de Primera Instancia número 5 de Oviedo por vulnerar el derecho al honor del ex alcalde Agustín Iglesias Caunedo.

El Supremo, en sentencia del 22 de este mes de mayo, condena a cada uno de los recurrentes al pago de las costas generadaspor su recurso, con pérdida del depósito para recurrir.

La portavoz de Somos Oviedo en el Ayuntamiento, Ana Taboada, fue condenada a pagar una multa de 3.000 euros por vulnerar el derecho al honor del exalcalde del PP Agustín Iglesias Caunedo, durante un debate electoral en 2019 y a través de Twitter.

El Juzgado de Primera Instancia número 5 de Oviedo dictó sentencia en marzo de 2021, después de que Caunedo denunciase a Taboada y a Somos Oviedo por "intromisión ilegítima en el derecho al honor". La sentencia esclarece que los demandados "llevaron a cabo una intromisión ilegítima en el derecho al honor del demandante", por lo que ha condenado a las partes demandadas a publicar a su costa el fallo de la sentencia, en los mismos medios utilizados para vulnerar el honor del demandante --a través de su difusión en la Radio televisión del Principado de Asturias y publicación en su cuenta de Twitter--. Asimismo condenó a las partes demandadas al cese inmediato de la intromisión y, en consecuencia, a retirar a su costa de la web las declaraciones difundidas.

Pedía el exalcalde 'popular' que Ana Taboada y el partido Somos Oviedo retirase una serie de mensajes en Twitter que atentaban contra su honor, y que la condena implicase la publicación de la sentencia íntegra a través de los mismos medios en los que su honor fue vulnerado. Caunedo pedía también una indemnización por daños y perjuicios de 15.000 euros.

El escrito del Juzgado explica que los mensajes denunciados y las declaraciones públicas de Taboada se refieren a la afirmación de que "el antiguo alcalde de Oviedo se gastaba el dinero público para recorrer prostíbulos", en referencia a unas informaciones que trascendieron en el marco de la investigación abierta sobre la trama Aquagest.
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