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Cerca de 770.000 electores de Baleares están llamados a las urnas en las elecciones autonómicas y municipales de mayo

A nivel nacional hay 34,98 millones de electores

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31/3/2015 - 16:44

A nivel nacional hay 34,98 millones de electores

PALMA DE MALLORCA/MADRID, 31 (EUROPA PRESS)

Un total de 766.390 electores podrán votar en las elecciones autonómicas de Baleares del próximo 24 de mayo, mientras que en las municipales lo podrán hacer 767.143 personas de las Islas.

Según ha informado el Instituto Nacional de Estadística (INE), de los 766.390 electores que podrán votar en las autonómicas, 744.947 serán residentes en España y 21.443, en el extranjero. Además, para las municipales podrán votar este mismo número de españoles, más 22.196 extranjeros.

A nivel nacional, podrán votar en las municipales 34,98 millones de electores, incluyendo a casi medio millón de extranjeros residentes en nuestro país. Por contra, están excluidos los españoles asentados en el exterior.

El INE ha dado a conocer este martes las grandes cifras del censo electoral para los comicios autonómicos y locales de mayo, para los que están llamados a las urnas un total de 36.016.031 personas. El censo se podrá consultar entre los días 6 y 13 de abril en los ayuntamientos y también en las delegaciones provinciales de la Oficina del Censo Electoral.

Para las elecciones municipales están llamados a votar 34.985.499 electores, de los que 34.521.871 son españoles y 463.628 son extranjeros residentes en el país y que proceden de la UE o de países que tienen suscritos convenios que permiten la reciprocidad en comicios de ámbito local.

Por países, la mayoría de estos electores extranjeros son de Rumanía (111.646 personas), Reino Unido (104.470), Italia (45.649), Alemania (45.460), y Francia (33.442).

Por el contrario, y conforme a la reforma electoral de 2011, los españoles censados en el extranjero no pueden participar en las municipales, ya que se exige a los electores están censados en territorio nacional.

AUTONÓMICAS SIN EXTRANJEROS PERO CON EMIGRANTES

Por su parte, 19.840.597 electores podrán participar en las elecciones autonómicas que se celebran en 13 comunidades autónomas. En este censo quedan fuera los extranjeros y en cambio entran los inscritos en el Censo de Electores Residentes Ausentes (CERA), que son 911.045 españoles de esas comunidades donde hay elecciones.

Eso sí, los electores residentes en el extranjero sólo podrán participar en las elecciones si solicitan el voto del 31 de marzo al 25 de abril. La Oficina del Censo Electoral ha remitido a todos los electores con derecho de voto el impreso oficial de solicitud.

Por primera vez, estas solicitudes se podrán enviar por Internet. Para ello es necesario poseer un certificado electrónico reconocido por la Sede Electrónica del INE o utilizar la clave enviada con el impreso oficial.

Los electores españoles residentes en el extranjero podrán comprobar sus datos de inscripción en estas mismas fechas en los respectivos consulados.

Mención aparte merecen las elecciones a las asambleas de las ciudades autónomas de Ceuta y Melilla, a las que podrán votar un total de 119.487 electores que incluyen tanto los 112.701 españoles residentes en esas ciudades como los 137 extranjeros que viven allí y pueden votar en municipales y los 6.649 españoles que están censados en el extranjero y que, dado el estatus particular de ciudad autónoma de Ceuta y Melilla, sí pueden votar viviendo fuera.

LOS CENSADOS HASTA ENERO DE 2015

Las inscripciones en el censo vigente para estas elecciones se corresponden a situaciones de inscripción en los padrones y registros de matrícula consular a 30 de diciembre de 2014, excepto para los nacionales de países con Acuerdos para votar en las elecciones municipales que están referidas a 15 de enero de 2015.

Los electores pueden consultar en la página web del INE los datos de las mesas y locales electorales. Además, quienes posean un certificado electrónico reconocido pueden consultar sus datos de inscripción en el censo electoral.

El plazo para reclamar, si se observa algún error u omisión en los datos contenidos en el censo electoral, se extiende del 6 al 13 de abril. Las reclamaciones se podrán presentar en los ayuntamientos, consulados o en las delegaciones provinciales de la Oficina del Censo Electoral.

A partir del 27 de abril, la Oficina del Censo Electoral remitirá a cada elector una tarjeta censal en la que se le indica la mesa en que le corresponde votar, así como el local electoral y la dirección de éste.

Las delegaciones provinciales de la Oficina del Censo Electoral atenderán las consultas sobre materias de su competencia (inscripción en el censo, voto por correo, locales electorales, tarjetas censales) en sus oficinas y también por teléfono, a través del número 901.101.900.
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