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Condenan a tres años y nueve meses de cárcel a una madre que tiró a su bebé por la ventana en Pontevedra

La Audiencia Provincial de Pontevedra ha condenado a tres años y nueve meses de prisión y privación de patria potestad a una madre pontevedresa que reconoció haber arrojado por la ventana a su bebé recién nacido.

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24/5/2016 - 11:51

PONTEVEDRA, 24 (EUROPA PRESS)

La Audiencia Provincial de Pontevedra ha condenado a tres años y nueve meses de prisión y privación de patria potestad a una madre pontevedresa que reconoció haber arrojado por la ventana a su bebé recién nacido.

El caso se ha resuelto este martes mediante un acuerdo de conformidad en la Sección Segunda de la Audiencia de Pontevedra, donde la mujer, A.A.A., ha admitido que el día 29 de julio de 2014, sobre las 5.00 horas, dio a luz a un niño en el inodoro del baño del segundo piso de su propio domicilio, tras un embarazo que había ocultado a su familia, amigos y al propio padre del menor por temor al rechazo familiar y social.

Según el escrito de acusación de la Fiscalía, "una vez nacido el niño, ser indefenso por su propia condición, la acusada, con intención de acabar con su vida y ocultar el nacimiento a todo el mundo, arrojó al menor desde la ventana de su dormitorio", que está ubicada a una altura, medida desde el alfeizar hasta el suelo, de 2,40 metros, causándole lesiones consistentes en traumatismo cráneoencefálico de alta intensidad con diversas fracturas y hematomas".

El Ministerio Fiscal señala que, en el momento de los hechos, la acusada se encontraba "en un estado de nerviosismo y shock emocional", como consecuencia de su percepción del entorno y de la falta de planificación del embarazo, que "afectaba a su capacidad intelectiva y volitiva, aun sin anularlas".

SIN SECUELAS

El niño sobrevivió y tiene en la actualidad un adecuado desarrollo físico y psicomotor y no se aprecian secuelas físicas ni neuronales. Se renunció por el padre a toda indemnización económica que le pudiera corresponder.

La acusada tiene prohibido aproximarse o comunicarse con el menor en virtud de auto de 30 de julio de 2014 dictado por el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número dos de Tui.

El fiscal calificó estos hechos como constitutivos de un delito de asesinato en grado de tentativa y determinó que concurre en la acusada las agravantes de parentesco y la eximente incompleta de enajenación mental.
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