jueves, 25 de abril de 2024 15:39 www.gentedigital.es facebook twitter

Gente en San Sebastián

Logotipo diario gente
Kiosko. Portadas de periódicos

TS anula la ordenanza municipal reguladora de clubes de cannabis aprobada en 2014 en San Sebastián

La Sala III de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo (TS) ha anulado la Ordenanza Municipal del Ayuntamiento de San Sebastián Reguladora de la ubicación de los Clubes Sociales de cannabis, aprobada por el Pleno municipal el 30 de octubre de 2014, al considerar que un Consistorio "no es competente para regular esa materia".

aumentar texto reducir texto imprimir enviar noticia comentar

07/3/2019 - 17:40


SAN SEBASTIÁN, 7 (EUROPA PRESS)

La Sala III de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo (TS) ha anulado la Ordenanza Municipal del Ayuntamiento de San Sebastián Reguladora de la ubicación de los Clubes Sociales de cannabis, aprobada por el Pleno municipal el 30 de octubre de 2014, al considerar que un Consistorio "no es competente para regular esa materia".

La Sala estima así un recurso de la Abogacía del Estado contra una sentencia del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV), de 17 de mayo de 2016, que había desestimado un recurso de la Administración central contra dicha Ordenanza.

El Supremo indica que "si la actividad de los clubs de cannabis fuese siempre y sin discusión lícita, nada cabría objetar a la competencia del Ayuntamiento para regular desde una perspectiva urbanística y ambiental esta actividad".

Según apunta, la actividad de estos clubes "no siempre es lícita desde el punto de vista penal", de acuerdo con la jurisprudencia de la Sala Segunda del Supremo, por lo que "entra dentro de la legislación penal, cuya competencia reserva en exclusiva al Estado el artículo 149.1.6 de la Constitución".

"La indeterminación, con la consiguiente necesidad de estar al caso concreto, de si un club social de cannabis es o no ilícito penalmente, impide considerar competente a un Ayuntamiento, para regular, aunque solo sea desde la óptica urbanística y ambiental, los clubs de cannabis, en cuanto esa regulación, aun cuando fuera estrictamente urbanística y ambiental, tiene una incidencia innegable sobre la delimitación del tipo penal, en cuanto puede llevar al error de la atipicidad absoluta de la actividad desarrollada por los clubs sociales de cannabis", indica la Sala.

Además, los magistrados del TS recuerdan que el Tribunal Constitucional, por sentencia 144/2017, declaró inconstitucional la Ley Foral 24/2014, reguladora de los colectivos usuarios de cannabis en Navarra, cuyo objeto era establecer las normas generales para la constitución, organización y funcionamiento de los clubs de personas consumidoras de cannabis, "por invadir la competencia exclusiva estatal en materia de legislación penal".

Añaden que el mismo TC, por sentencia 29/2018, declaró inconstitucional el artículo 83 de la Ley del Parlamento Vasco 1/2016, de 7 de abril, al considerar que la norma autonómica "estaría regulando el consumo, abastecimiento y dispensación de cannabis, materias cuya disciplina normativa se reserva al Estado".

Finalmente, el TS apunta que por sentencia de 19 de septiembre de 2018 del Constitucional, se declaró "la inconstitucionalidad" de la Ley del Parlamento de Cataluña 13/2017, de 6 de julio, de las asociaciones de consumidores de cannabis.

añadir a meneame  añadir a freski  añadir a delicious  añadir a digg  añadir a technorati  añadir a yahoo  compartir en facebook  twittear 
Gente Digital en Facebook

Grupo de información GENTE · el líder nacional en prensa semanal gratuita según PGD-OJD
Desarrollado por Tres Tristes Tigres