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Dos años de cárcel por usar DNI de otras personas para intentar sustraer dinero de cuentas bancarias

El Juzgado de lo Penal Número 3 de Santander ha condenado a dos años de cárcel a una mujer que uso el carné de identidad de tres mujeres para, haciéndose pasar por ellas, intentar sacar dinero de diversas cuentas bancarias.

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05/7/2015 - 10:34


SANTANDER, 5 (EUROPA PRESS)

El Juzgado de lo Penal Número 3 de Santander ha condenado a dos años de cárcel a una mujer que uso el carné de identidad de tres mujeres para, haciéndose pasar por ellas, intentar sacar dinero de diversas cuentas bancarias.

Según relata la sentencia, dictada con conformidad de las partes, los hechos comenzaron en julio de 2011, cuando la acusada, F.T.A. acudió, un día de finales de mes, a una sucursal bancaria ubicada en la calle Marqués de la Hermida de Santander y, "con intención de injusto enriquecimiento", y valiéndose de un DNI que había sido sustraído a una mujer días antes se hizo pasar por ella para sacar de una cuenta 50 euros, algo que consiguió tras imitar la firma de la perjudicada.

Dos meses después, F.T.A. acudió a otra entidad bancaria de la misma calle y, usando el DNI, de otra mujer, a la que también se lo habían sustraído, y, haciéndose pasar por ella, abrió una cuenta a nombre de ésta.

A continuación, la acusada acudió a otra oficina de esa entidad y, valoéndose del DNI de otra persona, a la que había sido robado, se hizo pasar por ella y ordenó una transferencia de 12.000 euros a la cuenta que había creado instantes antes, para lo que simuló la firma de esta otra perjudicada.

Sin embargo, esta transferencia no llegó a hacerse efectiva "ante las sospechas" de los empleados de la entidad.

Por estos hechos, ha sido condenada a dos años de cárcel y a una multa de 810 euros, además de a indemnizar a la entidad bancaria donde sí logró sacar dinero --la primera-- con 3.000 euros por daños y perjuicios.

Sin embargo, en la misma sentencia, se acuerda suspender la pena de cárcel por un plazo de tres años, condicionado a que la acusada, a la que se le aplicó la atenuante muy cualificada de drogadicción, no vuelva a delinquir, a que asuma el pago de la responsabilidad civil, salvo insolvencia, y además al seguimiento de un tratamiento de desintoxicación.

La sentencia es firme pues no admite recurso al haber sido dictada por conformidad.
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