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El Gobierno fija los servicios mínimos durante la huelga de helicópteros de emergencias

El Gobierno de Cantabria ha establecido los servicios mínimos para garantizar la prestación en la Base de Santander del Servicio de Rescate mediante helicóptero que para intervenciones de salvamento y rescate, transporte sanitario y otras de Protección Civil durante la huelga convocada por los sindicatos desde el día 17 de mayo hasta el día 4 de julio.

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16/5/2019 - 09:43


SANTANDER, 16 (EUROPA PRESS)

El Gobierno de Cantabria ha establecido los servicios mínimos para garantizar la prestación en la Base de Santander del Servicio de Rescate mediante helicóptero que para intervenciones de salvamento y rescate, transporte sanitario y otras de Protección Civil durante la huelga convocada por los sindicatos desde el día 17 de mayo hasta el día 4 de julio.

En concreto, establece como servicios mínimos a "todo el personal necesario para garantizar la prestación en la Base de Santander del Servicio de Rescate mediante helicóptero" para intervenciones citadas, en los términos exigidos en el contrato suscrito por la empresa Babcock con el Gobierno de Cantabria, es decir, un piloto, un copiloto y un mecánico gruista durante las 24 horas del día.

Los sindicatos UGT, CC OO, SLTA y CGT, la organización sindical SEPLA, y el comité de empresa de Babcock Mission Critical Services Fleet Management, adjudicataria del contrato de servicio de helicóptero para intervenciones de salvamento y rescate, transporte sanitario y otras de Protección Civil en Cantabria, han convocado huelgas para todos los trabajadores pertenecientes a la citada empresa en todas sus bases y centros de trabajo de España.

En la orden publicada hoy en una edición extraordinaria del Boletín Oficial de Cantabria (BOC), el Gobierno señala que los citados trabajadores prestan "un servicio esencial para la comunidad", ya que la atención mediante el servicio de rescate a través de helicóptero de las emergencias requiere una respuesta inmediata, y su paralización "puede afectar a la salud y a la vida de los ciudadanos".

Por ello, la Administración "se ve compelida a garantizar el referido servicio esencial mediante la fijación de los servicios mínimos" teniendo en cuenta que la falta de protección del referido servicio prestado por dicho personal "colisiona frontalmente con los derechos a la vida y a la salud proclamados en la Constitución Española".
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