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Condenado a dos años de prisión por provocar lesiones en una pelea en una discoteca de Segovia

La Audiencia Provincial de Segovia ha condenado a un hombre a dos años de prisión por un delito de lesiones agravadas, en el que concurren la eximente incompleta de legítima defensa, la atenuante analógica de embriaguez y la de dilaciones indebidas tras producirse una pelea en una discoteca, según han informado fuentes judiciales.

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15/10/2020 - 10:18


SEGOVIA, 15 (EUROPA PRESS)

La Audiencia Provincial de Segovia ha condenado a un hombre a dos años de prisión por un delito de lesiones agravadas, en el que concurren la eximente incompleta de legítima defensa, la atenuante analógica de embriaguez y la de dilaciones indebidas tras producirse una pelea en una discoteca, según han informado fuentes judiciales.

Los hechos se remontan a la madrugada del 15 de marzo de 2015 cuando acusado y víctima entablaron una discusión en un establecimiento de ocio de la capital segoviana.

En un momento dado, la víctima se dirigió a su vehículo del que sacó un palo grueso de grandes dimensiones con el que se dirigió en actitud agresiva hacia la puerta de la discoteca.

Ante dicho ataque, el acusado se defendió y logró arrebatarle el palo, con el que golpeó fuertemente a la víctima en un par de ocasiones. La víctima recibió los impactos en la cabeza y en el ojo izquierdo.

Tanto el acusado como el lesionado se encontraban influenciados por la previa ingesta de bebidas alcohólicas, que en el caso del acusado, llevaba consumiendo durante la noche, lo que le suponía una limitación leve de sus facultades superiores.

Como consecuencia de estos hechos, la víctima sufrió herida inciso contusa occipital, herida en la oreja izquierda que se suturó y estallido ocular izquierdo, así como una contusión en el brazo, que precisaron para su sanidad, además primera asistencia facultativa, tratamiento posterior consistente en ingreso hospitalario, puntos de sutura y revisión quirúrgica ocular con sutura.

La víctima necesitó 45 días para su curación, cinco de los cuales fueron de ingreso hospitalario y los 40 restantes impeditivos para el ejercicio de sus ocupaciones habituales, según las mismas fuentes.

Las secuelas resultantes fueron la amaurosis de ojo izquierdo, la pérdida de visión completa del ojo izquierdo, así como ligera cicatriz en sien izquierda y en el párpado superior izquierdo, lo que supone un perjuicio estético ligero.

El condenado además deberá indemnizar al lesionado en la cantidad de 19.262,86 euros.
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