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Trib. Supremo inadmite recurso contra sentencia impuesta a un hombre por acuchillar a otro en San Ildefonso (Segovia)

El Tribunal Supremo no ha admitido el recurso de casación presentado contra la condena a cinco años de cárcel impuesta por la Audiencia de Segovia a un hombre que acuchilló a otro en el cuello, según han informado a Europa Press fuentes del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León.

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20/11/2020 - 14:01


SEGOVIA, 20 (EUROPA PRESS)

El Tribunal Supremo no ha admitido el recurso de casación presentado contra la condena a cinco años de cárcel impuesta por la Audiencia de Segovia a un hombre que acuchilló a otro en el cuello, según han informado a Europa Press fuentes del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León.

La sentencia, dictada por la Sección 1ª de la Audiencia Provincial de Segovia con fecha de 11 de julio de 2019 y más tarde ratificada por el TSJCyL, condenaba a un hombre como autor de un delito de homicidio en grado de tentativa, concurriendo la circunstancia atenuante analógica de toxicomanía de larga duración, a la pena de cinco años de prisión y a indemnizar al perjudicado en la cantidad de 620 euros por lesiones y de 15.000 euros por secuelas, así como a pagar las costas de procedimiento, incluidas las de la acusación particular.

Se declara probado que, sobre las 11:45 horas del día 1 de agosto de 2017, la víctima se encontraba en la calle Travesía de la Reina de la localidad segoviana de San IIdefonso, lugar al que llegó el acusado portando una navaja.

Sin mediar palabra alguna, le asestó un fuerte navajazo en el cuello, así como también en el brazo izquierdo y la cabeza, ante lo cual la víctima lo único que pudo hacer fue sujetarle el brazo en el que llevaba la navaja, momento en el que el acusado le mordió un dedo.

A consecuencia de estos hechos, la víctima sufrió una herida de tres centímetros en el ángulo mandibular izquierdo, un hematoma en la cara anterior del cuello, una herida cortante en cara anterior del antebrazo izquierdo de unos quince centímetros de longitud, una herida incisa en región de tercio médico de bíceps braquial derecho de tres centímetros de longitud, así como una herida en el cuarto dedo de la mano derecha y tercer dedo de la mano derecha compatible con mordedura humana.

Todo ello precisó para su curación de tratamiento quirúrgico, tardando en curar doce días, cuatro de ellos de perjuicio grave, seis de moderado y dos básico.

SECUELAS

El perjudicado tiene secuelas motoras y sensitivo motoras de origen periférico, nervios craneales, afectación nervio facial, rama mandibular, paresia facial izquierda, con un perjuicio de catorce puntos, así como una cicatriz del ángulo mandibular izquierdo, cicatriz extensa en antebrazo izquierdo y cicatriz en bíceps derecho.

Contra dicho fallo se interpuso recurso de apelación ante la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, con fecha diez de enero de 2020, que dictó sentencia por la que se desestimó también el recurso de apelación interpuesto.

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