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Ayuntamientos metropolitanos y Fecapap gestionarán el refugio de animales de Valle Colino (Tenerife)

El Pleno del Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife aprobó este viernes la suscripción de un convenio de colaboración con los ayuntamientos de la Laguna, El Rosario y Tegueste y la Federación Canaria de Asociaciones Protectoras de Animales y Plantas (Fecapap) para la gestión del refugio comarcal de animales Valle Colino.

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27/5/2016 - 17:20

SANTA CRUZ DE TENERIFE, 27 (EUROPA PRESS)

El Pleno del Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife aprobó este viernes la suscripción de un convenio de colaboración con los ayuntamientos de la Laguna, El Rosario y Tegueste y la Federación Canaria de Asociaciones Protectoras de Animales y Plantas (Fecapap) para la gestión del refugio comarcal de animales Valle Colino.

El acuerdo contempla una aportación anual de los ayuntamientos de 257.000 euros, de los que la corporación santacrucera asumirá 144.000 euros, y fija las condiciones de la recogida de animales de compañía abandonados o confiscados, así como aquellos entregados por sus dueños en los tres municipios adheridos.

El concejal de Medio Ambiente, Carlos Correa, explicó que este nuevo convenio prima, por un lado, la protección de los animales abandonados y, por otro, refleja el compromiso firme de la corporación por la protección animal.

El concejal expresó también su satisfacción por la firma de un convenio que está "acorde con la realidad actual en esta materia de los cuatro ayuntamientos firmantes".

En virtud del convenio, Fecapap recogerá a los animales de compañía abandonados en los municipios y los retendrá para tratar de localizar a su dueño, durante al menos veinte días, antes de promover su apropiación, cesión a un tercero o sacrificio.

Si durante ese plazo el animal es identificado, se dará aviso a su propietario, que tendrá un plazo máximo de diez días para que pueda proceder a su recuperación, previo abono de los gastos que hayan originado su custodia y mantenimiento.

PROHIBIDO EL SACRIFICIO

En todo caso, el plazo total no será inferior a veinte ni superior a treinta días, a contar desde la ocupación del animal, y si no se procede a su recuperación en ese plazo, será considerado abandono y se estará a lo dispuesto en la normativa legal al respecto.

Asimismo, el acuerdo establece que estará prohibido el sacrificio, salvo aquellos casos que sea dictaminado bajo criterio y control veterinario atendiendo a conductas marcadamente agresivas hacia las personas u otros animales, o estados patológicos que impliquen sufrimiento para el animal o que supongan un riesgo de transmisión de enfermedades contagiosas graves.

Este sacrificio podrá realizarse antes de que transcurran los plazos expuestos en casos de urgencia para evitar sufrimiento a los animales, previo dictamen de técnico veterinario competente.
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