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Desde este sábado se podrán solicitar ayudas a planes de formación que mejoren el diálogo social y negociación colectiva

El Diario Oficial de Castilla-La Mancha (DOCM) ha publicado una resolución de la Dirección General de Autónomos, Trabajo y Economía Social, por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones destinadas a la financiación de planes de formación dirigidos a la mejora del diálogo social y la negociación colectiva, en el ámbito de Castilla-La Mancha.

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03/12/2021 - 10:11


TOLEDO, 3 (EUROPA PRESS)

El Diario Oficial de Castilla-La Mancha (DOCM) ha publicado una resolución de la Dirección General de Autónomos, Trabajo y Economía Social, por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones destinadas a la financiación de planes de formación dirigidos a la mejora del diálogo social y la negociación colectiva, en el ámbito de Castilla-La Mancha.

Podrán ser entidades beneficiarias de las subvenciones las organizaciones sindicales y las asociaciones empresariales más representativas en el ámbito de Castilla-La Mancha, así como las fundaciones u otras entidades constituidas por aquéllas para la consecución de cualesquiera de esos fines. El crédito destinado a la financiación de la presente convocatoria asciende a 456.000 euros, tal y como publica el DOCM y recoge Europa Press.

Las solicitudes deberán presentarse en el plazo de 20 días, desde este sábado, 4 de diciembre, únicamente de forma telemática a través del formulario incluido en la sede electrónica de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha (https://www.jccm.es), como anexo II.

Al presentarse de esta forma, la documentación a aportar podrá ser digitalizada y presentada como archivos anexos a la misma. No se admitirán a trámite las solicitudes presentadas por medios distintos al anteriormente señalado.

Una vez dictada resolución de concesión, se procederá al pago anticipado del 25 por ciento del importe de la subvención concedida mediante transferencia bancaria a la cuenta corriente de la que sea titular el beneficiario.

A solicitud de la entidad beneficiaria, se procederá al pago de un segundo anticipo del 35 por ciento adicional una vez comunicado el inicio del plan de formación. Por último, en cualquier momento a partir de la comunicación de inicio a que se refiere el apartado anterior, siempre que no se encuentre finalizado el plazo de ejecución del plan de formación subvencionado y a solicitud de la entidad beneficiaria, se procederá al pago de un tercer anticipo por el importe del 40 por ciento restante de la subvención, una vez acreditada la ejecución de al menos el 50 por ciento del plan de formación objeto de subvención.

Se considerará ejecutado, al menos el 50 por ciento del plan de formación, cuando se hayan impartido al menos el 50 por ciento de las horas de formación o de las que integren las otras actuaciones de carácter formativo.
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