sábado, 20 de abril de 2024 04:24 www.gentedigital.es facebook twitter

Gente en Valencia

Logotipo diario gente
Kiosko. Portadas de periódicos

La Generalitat valenciana recurrirá la anulación parcial del decreto de conciertos educativos

La Generalitat Valenciana recurrirá la decisión del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) de anular parcialmente el decreto de la Conselleria de Educación que regula el reglamento que fija los criterios para el acceso o renovación de los conciertos educativos al "no compartir" la resolución del alto tribunal valenciano que, según recuerdan, no es firme.

aumentar texto reducir texto imprimir enviar noticia comentar

25/5/2018 - 16:28


VALÈNCIA, 25 (EUROPA PRESS)

La Generalitat Valenciana recurrirá la decisión del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) de anular parcialmente el decreto de la Conselleria de Educación que regula el reglamento que fija los criterios para el acceso o renovación de los conciertos educativos al "no compartir" la resolución del alto tribunal valenciano que, según recuerdan, no es firme.

Así lo han aseverado a Europa Press fuentes de la administración autonómica después de que este viernes se haya conocido que el TSJCV ha estimado parcialmente cinco recursos interpuestos contra la norma de la Conselleria de Educación y, por ende, ha reconocido el derecho de varios centros a conservar las aulas concertadas que la Generalitat no les renovó.

En varias resoluciones, la Sección Cuarta de la Sala de lo Contencioso Administrativo avala la legalidad de parte de la norma recurrida, ya que reconoce que la Generalitat "no está obligada a concertar" y admite que si la administración autonómica "opta por los conciertos, no está obligada a la gratuidad total". No obstante, precisa que, en el caso de la enseñanza no obligatoria, "si opta por los conciertos, debe someterse a la normativa básica del Estado" que impide extinguir por decreto conciertos que siguen vigentes y obliga a renovarlos si los centros educativos cumplen los requisitos exigidos por la norma.

"La Administración, mientras los centros cumplan con los requisitos establecidos en las normas, debe mantenerlos (...). La extinción unilateral por Decreto no se regula como causa de extinción (...). La razón es obvia, es contraria a Derecho", señala la sala en sus resoluciones en las que establece que la administración autonómica "no sólo no puede extinguirlos unilateralmente, sino que debe renovarlos siempre que (el colegio) siga cumplimiento los requisitos que marca el precepto", argumenta.

añadir a meneame  añadir a freski  añadir a delicious  añadir a digg  añadir a technorati  añadir a yahoo  compartir en facebook  twittear 
Gente Digital en Facebook

Grupo de información GENTE · el líder nacional en prensa semanal gratuita según PGD-OJD
Desarrollado por Tres Tristes Tigres